Jueza reafirma embargo y condena contra Central de Radios por programa de Amelia Rueda

Condena por no respetar derecho de rectificación y respuesta ante manifestaciones "inexactas y agraviantes", según la denuncia

17 de Jun. 2021 | 5:11 am

(CRHoy.com).- Una resolución de la jueza del Juzgado Primero Civil de San José resolvió mantener y reafirmar el proceso de embargo y condenatoria contra la empresa Central de Radios, debido a manifestaciones supuestamente "inexactas y agraviantes" emitidas por parte de la periodista Amelia Rueda en el programa Nuestra Voz.

La condena y embargo se reafirmó en un monto de ₡471 millones e incluye 6 bienes inmuebles inscritos por la empresa en San José, uno en Alajuela y otro en Guanacaste. Además de 9 vehículos, nueve marcas comerciales y todo el inmobiliario, equipos así como cualquier "arte, lujos y excesos" que posean.

La jueza decidió rechazar el embargo  sobre la concesión de uso y explotación  y  derechos de uso de las frecuencias  radiales,  en razón de que se trata de concesiones públicas inembargables.

La resolución inicial se había producido el 24 febrero 2021 luego de un recurso de amparo y una denuncia interpuesta por la empresa Sicpa. S.A. En ese momento el juzgado decidió aplicar la sentencia y el embargo únicamente contra Central de Radios, si bien las manifestaciones que originaron la molestia de la empresa se generaron en el programa Nuestra Voz.

Por ello, Central de Radios presentó un "recurso  ordinario  de  revocatoria  con apelación  concomitante" el 26 de marzo pasado en donde solicitaba dejar sin efecto la condenatoria y el embargo.

El monto inicial de esa condena era por ₡471 millones y la empresa demandante estaba solicitando un monto adicional debido a los supuestos daños y perjuicios ocasionados que debían calcularse durante el proceso. Este adicional sí fue reducido o eliminado por parte de la jueza debido a que superaba el 50% que establece la legislación.

La resolución de la jueza se produjo este 8 de junio anterior y textualmente indica:

En virtud  de  lo  expuesto,  se  revoca  parcialmente  la resolución  recurrida,  y  se  ajusta  el  monto  del  embargo  a  la  suma de   CUATROCIENTOS  SETENTA  Y  UN  MILLONES  QUINIENTOS  CUARENTA  Y  UN MIL  DOSCIENTOS  SETENTA  Y  UN  COLONES  EXACTOS (¢  471,541,271.00), excluyendo  el  cincuenta  por  ciento  de  ley.  Expídase  los  oficios de  embargo  sobre  las  cuentas,    con  la  modificación  que  aquí  se indica.  Los  cuales  quedan  a  disposición  de  la  parte  interesada para  su debido diligenciamiento.

El diferendo surgió cuando Rueda leyó un artículo del diario La Nación en su programa, el cual supuestamente contenía información errónea.

La empresa solicitó un derecho de respuesta a ambos medios. La Nación lo publicó conforme establece la legislación, pero no así Rueda.

Según la resolución inicial, esto se hizo 176 días después y solo tras una sentencia de la Sala Constitucional. Además se hizo un día no hábil, cuando las manifestaciones de la periodista fueron entre semana. Ello implica que no se habría guardado los principios de equidad que establece la legislación en materia del derecho de rectificación y respuesta.

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