Jueces llaman atención a Ministerio Público por no tener acusación de Caso Turesky, Fiscalía se sacude
Luego de que quedaran en libertad todos los sospechosos del caso Turesky, sobre supuesta importación de droga desde América del Sur para meterla en contenedores y enviarla a Europa, el Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada que tramita el expediente también reprendió el trabajo que ha hecho la Fiscalía.
El pasado martes 25 de junio, los jueces tomaron la decisión de no prorrogar las medidas cautelares impuestas contra las 22 personas a las que se les sigue el proceso tras su detención el 25 de mayo del 2021.
En la resolución 2024-0013 para informar también al Ministerio Público que los argumentos presentados ante ese despacho no eran suficientes para sostener la prisión preventiva contra 10 de los involucrados en el caso, así como el arresto domiciliario de 6 imputados y las medidas alternas que cumplían otras 6 personas.
Pero los juzgadores fueron más allá y emitieron una serie de señalamientos en contra del Ministerio Público, según cita la resolución:
A la fecha no se vislumbra una fecha cierta, ni siquiera aproximada de cuándo se contará con una acusación formalmente incorporada a los autos, ya que el Ministerio Público no cumplió con la prevención del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal del Tercer Circuito Judicial de Alajuela y, al día de hoy, un mes después de vencido el plazo que otorgó dicha cámara, tampoco consta agregada de manera formal al expediente, con lo cual, se mantiene la misma incertidumbre de hace un año, no existiendo justificación entonces para sostener las medidas cautelares, más que convertirlas en una pena anticipada.
Máxime si se valora que, en el caso hipotético de que la pieza fiscal se hiciera llegar de manera expedita al proceso, es previsible que el señalamiento y realización de una audiencia preliminar y el eventual juicio oral y público, no tengan lugar de forma próxima atendiendo las particularidades del caso en concreto, lo que probablemente agotaría la totalidad del plazo sin que se haya resuelto la situación jurídica de las personas endilgadas, lo que desde ya pone en tela de duda la necesidad procesal de mantener por más tiempo a los sindicados y sindicadas con las medidas restrictivas de su libertad de tránsito, si en todo caso, estas no van a cumplir con su finalidad procesal.
Y es que, preocupa a esta cámara de apelaciones, que después de tres años de investigación y tres años de haberse practicado las detenciones de las personas endilgadas y habérseles impuesto, por primera vez, las medidas cautelares que soportan, la representación fiscal no cuente aun con una solicitud acusatoria formalmente incorporada al expediente y puesta en conocimiento de las partes, situación que a todas luces riñe con el principio de imputación, ya que de la sola lectura de los hechos que motivan la solicitud de prórroga de las medidas cautelares y que son los únicos que ha tenido a la vista esta integración de alzada, no se derivan de forma clara, precisa y circunstanciada los hechos que se les endilgan a los imputados e imputadas.
Réplica
La Fiscalía Adjunta Especializada en Delincuencia Organizada (Faedo) a cargo del caso, replicó de forma pública a través de un comunicado de prensa. Señalaron que sí se elaboró una acusación en contra de 23 personas imputadas en la investigación, contrario a lo afirmado en la resolución del Tribunal de Apelación de Sentencia de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada (JEDO).
Durante la audiencia, la FAEDO solicitó la prórroga de las medidas cautelares y le informó al tribunal que la pieza acusatoria estaba formulada, impresa con 772 folios, firmada con fecha 20 de junio del 2024 y que se encontraba físicamente en dos legajos sobre el escritorio en la sala de juicio y en manos de la fiscal.
Sin embargo, dicho tribunal dejó sin efecto todas las medidas cautelares, señalando la no presentación de la acusación respectiva.
El Ministerio Público señaló al órgano jurisdiccional por ordenar la libertad de 22 sospechosos que se encontraban cumpliendo prisión preventiva, así como otro tipo de medidas cautelares.
La representante del Ministerio Público le expuso con claridad al tribunal que la investigación se encontraba finalizada y que ya se contaba con la totalidad de los elementos de prueba para atribuirle los delitos imputados a los miembros de la organización criminal, y que lo único que restaba era que se señalara la audiencia preliminar, en la que se solicitaría que el caso se elevara a juicio.
El Ministerio Público reconoció que la acusación no estaba agregada al expediente principal, fundamento principal por parte del Tribunal de Apelación para liberar a los acusados. La fiscal del caso llevaba el documento impreso y sería agregado al expediente una vez que se concluyera con los trámites administrativos.
De lo anterior se desprende que en esa audiencia el Ministerio Público mantuvo a disposición del Tribunal la acusación formulada, y que el Tribunal nunca solicitó tenerla a la vista en caso de que lo expuesto por la fiscala le hubiera generado algún grado de duda, conforme al deber de lealtad que debe privar entre las partes.
La Fiscalía insistió en el alta complejidad de la investigación, la gran cantidad de involucrados y el volumen del expediente, en el que constan 79 tomos con más de 20 mil folios. Además, defendieron que aún cuando faltaban 11 meses de prisión preventiva para que se cumpliera el plazo máximo establecido en la ley de creación de la jurisdicción especializada.
Faedo también le advirtió al Tribunal que incrementaron los peligros procesales que motivaron la imposición de la prisión preventiva y medidas cautelares, dado que al existir una acusación formal ya lista, elevaba el riesgo de que los imputados intenten evadir la acción de la justicia.
Ahora queda pendiente que se programe una audiencia preliminar para definir si el caso Turesky se eleva o no a juicio, tras años de espera.
Jalones de orejas
No es la primera vez que un juez le llama la atención al Ministerio Público sobre cómo administran los casos importantes de narcotráfico y crimen organizado. Semanas atrás, 3 jueces del Tribunal de Apelación de Goicoechea advirtieron las graves falencias que han cometido funcionarios al llevar el caso Azteca.
En ese expediente se investigó a una supuesta estructura de tráfico internacional de drogas que en apariencia logró conseguir contratos con Acueductos y Alcantarillados (AyA) para lavar sus ganancias, pero la prosecución estaría en el limbo debido a fallas constantes.
En una resolución emitida el 13 de mayo pasado, cuatro supuestos líderes narco quedaron en libertad: no se extendieron las medidas cautelares, al parecer, por presuntos errores de dos fiscales que manejaron el caso.
En esencia, se pidió el sobreseimiento del sospechoso que al inicio aparecía como cabecilla de la banda, tras 9 meses de prisión preventiva. Se trata de un sujeto de apellidos García Junior, que quedó en libertad pese a que supuestamente era quien giraba órdenes dentro de la agrupación. Luego, se trató de atribuir el liderazgo del caso Azteca a otro sujeto.
Otra presunta inexactitud de los fiscales es que en varias ocasiones dijeron que tenían la acusación en un 50% lista, cada vez que pedían extender la prisión preventiva, provocando que los imputados estuvieran más de 2 años en la cárcel.
