Infraestructura del México limita derechos de embarazadas
Hacen falta médicos para usar estructuras listas

La Auditoría Interna de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) detectó aspectos que limitan el cumplimiento de los lineamientos y normativa para proteger y garantizar los derechos de la mujer, la familia gestante y del recién nacido en el Hospital México.
En el Servicio de Emergencias de este centro hospitalario la atención se realiza en un área con un espacio insuficiente y poco ventilado que no dispone de condiciones adecuadas para la atención y tampoco permite que la atención de las pacientes se realice con privacidad.
También, pese a que hay un área de atención inmediata al recién nacido y una sala de recuperación en el primer piso, no se están utilizando con estos fines. De hecho, cuentan con las condiciones de infraestructura y equipamiento, incluyendo incubadoras cerradas y abiertas, conexiones a gases, monitores, entre otros.
Sobre esta sala de cuidados transitorios, los funcionarios explicaron que no se puede utilizar por 2 razones: No se dispone del personal suficiente, también, no se recomienda que un neonato en estado de salud comprometido sea trasladado más de una vez desde su nacimiento y la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) neonatal se ubica aproximadamente a 70 metros.
Con respecto a la sala de recuperación, no se utiliza porque hay falta de disponibilidad de médicos anestesiólogos para la atención de las pacientes.
De igual manera, la UCI neonatal se ubica en una zona pequeña, hacinada, con poca ventilación y la cantidad de camas y espacio son insuficientes.
Según la Auditoría, esta área no dispone de condiciones adecuadas de espera para los padres de los neonatos internados. Estos deben ubicarse en una rampa a la entrada sin que exista un espacio cómodo, espacioso y seguro para estar y guardar sus pertenencias.
Tampoco hay un área para la preparación de los medicamentos, lavado de incubadoras ni bodega para insumos y activos en forma separada.
Cabe resaltar que la Ley N. 8239, derechos y deberes de los usuarios de los servicios de salud públicos y privados, establece que es derecho de las personas recibir atención en un ambiente limpio, seguro y cómodo.
Atención diferenciada
En el Hospital México no se brinda una atención diferenciada a la madre adolescente, en temas como atención psicológica y en cuanto a su ubicación en el área de hospitalización.
En el caso de pérdida gestacional, tampoco se ofrece una atención en el área psicológica o emocional. Lo que se hace desde este centro médico es una interconsulta para el otorgamiento de una cita a cupo.
Otro aspecto que resulta preocupante es que hay personal médico y de enfermería que tiene pendiente el requisito del curso de Reanimación, Estabilización y Transporte Neonatal. Sobre este, desde febrero, se declaró su obligatoriedad para el personal que está relacionado con la atención de partes y manejo de recién nacidos.
De igual manera, el hospital no dispone de capacitación en temas de buen trato y calidez en la atención.
De hecho, la difusión de las normas relacionadas con la protección de los derechos de la mujer y la familia gestante se dio mediante WhatsApp y no a través de espacios de capacitación formalmente establecidos.
En el hospital no hay plan de capacitación permanente, ni existe un mecanismo de evaluación y supervisión de la atención que se le da a las usuarias, solamente se da en el caso de enfermería.
También, se evidenció que no es posible para las pacientes elegir métodos farmacológicos para el manejo del dolor, solo se da en los casos que la mamá lo exija porque hay falta de médicos anestesiólogos.
Lineamiento para proteger a las mamás
En el lineamiento para proteger y garantizar los derechos de la mujer, la familia gestante y del recién nacido mediante la atención calificada, digna y respetuosa del embarazo, parto y postparto, evidencia una serie de indicaciones de acatamiento obligatorio que no se están cumpliendo en el hospital México.
- Contar con condiciones de infraestructura que garanticen la intimidad, acceso, temperatura e iluminación adecuadas.
- La posibilidad de elegir métodos farmacológicos o alternativos para el manejo del dolor.
- Recibir, en caso de que la mujer gestante así lo desee, analgesia o anestesia obstétrica aplicada por un profesional en medicina especialista en anestesiología, siempre que así lo permitan la valoración clínica de la condición de salud de la usuaria y las posibilidades de existencia del recurso.
- En el caso de las personas adolescentes en condición de embarazo se les debe brindar: atención diferenciada e integral, la información y atención necesaria, ayuda psicosocial tendientes a fortalecer sus vínculos familiares y afectivos, a disfrutar su estado de embarazo, parto y puerperio de manera saludable y satisfactoria.
- En caso de una pérdida gestacional o perinatal, es indispensable brindar atención diferenciada y abordaje interdisciplinario, realizar un abordaje clínico especializado y empático con la condición emocional derivada de la situación de pérdida y muerte.
Se le consultó al Hospital México sobre este informe de Auditoría y sus hallazgos. al momento de esta publicación la gestión estaba en trámite aun sin responder.