Estado puede hacer uso de la fuerza para abrir colegios cerrados por protestas

Estudiantes organizaron varias protestas en julio anterior. Imagen con fines ilustrativos.
(CRHoy.com). – La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de hábeas corpus el cual indica que el Estado tiene la potestad exclusiva de hacer uso de la fuerza legítima para garantizar la libertad de tránsito y el derecho a la educación.
El recurso fue presentado por un estudiante de Guácimo en julio pasado, luego de que determinados grupos estudiantiles organizaron protestas contra las pruebas FARO, baños neutros y educación dual que incluían el cierre de los centros educativos, lo cual impedía el ingreso de los estudiantes, por lo tanto, se vulneró su derecho fundamental a la educación.
"Este Tribunal ha sido del criterio que, en casos como el presente, el Estado tiene la potestad exclusiva de hacer uso de la fuerza legítima para garantizar la libertad de tránsito de las personas y, en este caso en concreto, también el derecho a la educación de los menores de edad tutelados, así como del resto de población estudiantil que sí quiere asistir a lecciones y no interrumpir su proceso educativo", se lee en el documento.
Dicha sentencia además indica que se condena al Ministerio de Educación Pública (MEP) y al Liceo Experimental Bilingüe de Río Jiménez de Guácimo por la omisión de instruir los procedimientos disciplinarios, contra los estudiantes identificados que participaron en los bloqueos.
"En resguardo de los derechos fundamentales de los demás alumnos, las autoridades del Ministerio de Educación Pública y del liceo accionado estaban compelidas a instruir los respectivos procedimientos disciplinarios contra los estudiantes identificados como partícipes de los bloqueos; sin embargo, no consta que así lo hayan hecho. En virtud de dicha omisión, salvo el voto y declaró parcialmente con lugar el recurso solo contra el MEP y el centro educativo recurrido", señala la sentencia.