En firme absolutoria de Marcel Hernández por supuestas agresiones sexuales a menor

Sala Tercera declaró inadmisible gestión del Ministerio Público

17 de Feb. 2023 | 7:01 am

(CRHoy.com) La absolutoria de Marcel Hernández Campanioni adquirió firmeza el 7 de diciembre de 2022.

Esto luego de que la Sala de Casación Penal declarara inadmisible un recurso de casación presentado por el Ministerio Público. De esta manera, se dan por agotadas las instancias ante las cuales se podía recurrir un fallo emitido 10 meses antes, en el que el Tribunal Penal de Cartago libró de culpas al futbolista, de 33 años de edad.

La información la confirmó el 16 de febrero de 2023 la oficina de prensa de la Corte Suprema de Justicia ante una consulta de CRHoy.com. La respuesta brindada por el departamento de comunicaciones no ahonda en las razones por las que se rechazó ad portas la gestión de la Fiscalía Adjunta de Impugnaciones.

Sobre el particular se procuró una reacción del representante legal del delantero de del Club Sport Cartaginés (CSC), Raymundo Pérez Castillo, pero este no atendió las llamadas efectuadas a su celular.

La decisión de los magistrados está antecedida por una resolución del Tribunal de Apelación de Sentencia de Cartago, que había confirmado la sentencia absolutoria 73-22 en favor del goleador brumoso.

Desde el 23 de setiembre de 2022, la codefensora del deportista Alejandra Araya Chaverri adelantó a este medio que, desde su perspectiva, el recurso del Ministerio Público no tendría cabida, en el tanto que giraba sobre "la vialidad de la existencia de una segunda argumentación".

"Me parece que está extralimitando y que continúa con los alegatos que ya fueron expuestos en el debate, que ya fueron expuestos en apelación y que ya fueron resueltos. Es como insistir en una misma argumentación sabiendo que, para los que manejamos la parte procedimental, en Casación no se pueden repetir todas esas argumentaciones. Pero este es un recurso que nos dio la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) como una segunda instancia, así que es un recurso entendible y respetable, pero no lo compartimos", comentó en esa oportunidad la abogada.

La abogada expuso entonces que la actuación de la Fiscalía era esperable, dadas las medidas cautelares gravosas -como el impedimento de salida del territorio nacional- que reiteradamente buscó en las cortes. "Tendrán que ir hasta la última consecuencia para evitar una eventual actuación de parte de Marcel", destacó entonces.

Conversaciones por Instagram

Marcel Hernández Campanioni afrontó por cuatro años un proceso penal por el que debió sentarse en el banquillo de los acusados entre el 27 de enero y el 7 de febrero de 2022, en el Tribunal Penal de Cartago.

En aquel debate oral y público, la Fiscalía Adjunta de la localidad le atribuyó en una pieza principal cuatro aparentes violaciones en contra de una menor de 16 años de edad. De forma subsidiaria, y en el mismo acto, se le achacaron dos presuntas relaciones impropias.

Los hechos supuestamente tuvieron lugar entre julio y agosto de 2018, cuando el atacante cartaginés inició contactos con la víctima a través de la red social Instagram, en los que la invitó a su apartamento en barrio Asís de Cartago.

De acuerdo con la acusación, la joven es seguidora del cuadro blanquiazul y por eso fue que aceptó la solicitud. Posteriormente, accedió a un desayuno en la casa de habitación de Hernández Campanioni, el 3 de agosto de 2018.

En ese primer encuentro, se le atribuyó al encartado en apariencia haber empujado a la ofendida contra una cama en la que mantuvo relaciones sexuales, a pesar de que conocía que esta era menor de edad -según conversaciones de WhatsApp entre las partes- y mantenían una diferencia de 13 años entre sí.

De igual manera, se le achacó que, seis días después, cuando la menor se presentó al inmueble para retirar pertenencias que había dejado allí, el futbolista presuntamente besó a la víctima, le levantó la blusa y le besó los senos. Luego la llevó a su cama, le quitó la ropa y supuestamente tuvo relaciones sexuales con ella.

La fiscala Karolina Martínez Solano sostuvo en el contradictorio que el atacante enamoró a la joven con conversaciones afectuosas y de "corte libidinoso", aprovechándose de la inocencia y la inmadurez psicosocial de la mujer.

Hernández Campanioni y sus abogados, Raymundo Pérez Castillo y Alejandra Araya Chaverri, negaron -reiteradamente, antes, durante y después del juicio- los cargos y calificaron de falsas las manifestaciones realizadas por la ofendida.

El 7 de febrero anterior, los jueces Rafael Bolaños Piedra, Rolando Morales Valladares y Susana Wittmann Stengel descartaron que en el debate se acreditara que esos encuentros se hubiesen dado. En virtud de lo anterior, el jugador fue librado de culpas en aplicación del principio de in dubio pro reo, en el que se favorece a un imputado en caso de dudas en un procedimiento judicial. Esa resolución es la misma que el Ministerio Público recurrió en dos ocasiones.

Comentarios
0 comentarios