Diputados acogen iniciativa de abogada que elimina artículos de ley que violentan a las mujeres
Diputadas apelan al impulso de otras 4 iniciativas para evitar aumento en agresiones
Los diputados decidieron impulsar la discusión de un proyecto de ley presentado mediante la figura de iniciativa popular- por los ciudadanos- que busca eliminar 4 artículos del Código Penal porque, al parecer, están desfasados y no responden a la emergencia por la que atraviesa el país por el aumento de casos de femicidios.
La iniciativa de ley, acogida por diputados del Frente Amplio (FA), Liberación Nacional (PLN) e independientes propone la derogatoria de los artículos 163, 164, 165 y 166 del Código Penal, los cuales, a su parecer, justifican la existencia de un tipo penal ya desactualizado que sanciona con penas de cárcel menores cuando un hombre priva de su libertad a una mujer.
Además, según los congresistas, estos artículos usarían "conceptos sexistas y discriminatorios ya superados" por la sociedad costarricense.
¿Por qué se deberían derogar estos artículos?
Los artículos del Código Penal que buscan eliminar mediante este proyecto van del 163 al 166. Estos tipifican los delitos de rapto propio, rapto impropio, rapto con fin de matrimonio y rapto como delito de acción pública.
Esto es lo que contemplan estos delitos y sus respectivas penas:
Artículo 163.- Rapto propio. Se impondrá prisión de dos a cuatro años al que con fines libidinosos sustrajere o retuviere a una mujer, cuando mediare engaño o alguna de las circunstancias previstas por el artículo 156.
Artículo 164.- Rapto impropio. Será reprimido con prisión de seis meses a tres años, el que raptare con fines libidinosos a una mujer honesta mayor de doce y menor de quince años, con su consentimiento.
Artículo 165.- Rapto con fin de matrimonio. Cuando el rapto ha sido ejecutado con fines de matrimonio y éste podía celebrarse, las penas previstas en los artículos anteriores se disminuirán a la mitad. La misma disminución se aplicará cuando el autor restituye su libertad a la raptada o la coloca en lugar seguro a disposición de su familia sin haber intentado ningún acto deshonesto.
Artículo 166.- El rapto como delito de acción pública. El delito de rapto es de acción pública si concurren las circunstancias de los artículos 157 y 158.
Los diputados que impulsan el proyecto consideran que las conductas típicas sancionadas a través de este tipo penal que se pretende derogar pueden ser perseguidas penalmente a través de otros tipos penales vigentes en el país y que van en sintonía con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, como la privación de libertad.
Por ejemplo, mencionan que los artículos 191 y 192, del mismo Código Penal, hablan del concepto de "privación de libertad a una persona" y de "sustracción de una persona menor de edad", respectivamente y con penas máximas que llegan hasta 10 o 15 años, en el primer y segundo caso.
Por el contrario, los artículos que se quieren eliminar por considerarse desactualizados establecen penas que, en algunos casos, son apenas de meses o hasta 4 años como máximo.
"No derogar esos artículos -del 163 al 166- podrían causar que se den sentencias más bajas a personas que privan de libertad a las mujeres, por eso la urgencia de eliminarlos", alertó el jefe del FA, Antonio Ortega Gutiérrez, uno de los impulsores del plan.
Ortega añadió que los artículos actualizados como el 191 y 192 penalizan la privación de libertad contra una mujer sin necesidad de lanzar el mensaje simbólico de que la libertad, integridad física y sexual de las mujeres "vale" menos que las de otras personas y, por eso, la pena ante su vulneración es menor, como sucede en la actualidad.
El texto del proyecto puede verlo en este enlace 24418
Proyecto nació como un trabajo de graduación
Este proyecto nació como un trabajo de graduación de la hoy abogada Kriss Mora.
Mora contó a CRHoy.com que durante la elaboración de su investigación ella y sus tutores coincidieron en que no debería existir estas penas "diametralmente" menores, que a su criterio van en contra del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
Aseguró que la iniciativa de ley sería un instrumento para combatir la ola de femicidios en el país.
Diputadas pidieron declarar emergencia, proyectos puntuales y cuentas a jerarcas
El aumento en la ola de femicidios en este 2024 encendieron las alertas desde el Congreso. Las diputadas de todas las fracciones legislativas decidieron dejar a un lado sus banderas partidarias para impulsar una serie de medidas frente a esta problemática que y ha cobrado la vida de 10 mujeres solo en estos primeros 7 meses del año.
En materia de proyectos de ley, las diputas presionan al Poder Ejecutivo para que se convoquen en el período de Sesiones Extraordinarias al menos 4 proyectos de ley que busca detener esta situación.
El primero es la Ley de Alerta y Rápida Acción ante la desaparición o no localización de una mujer, más conocida como "Ley Kimberly", en alusión a la joven madre que fue asesinada presuntamente a manos de su esposo el mes anterior y cuyos restos fueron encontrados en la ruta 32.
Este plan tiene como objeto el establecimiento de acciones en cada caso de desaparición o no localización de mujer mayor de edad en el país.
Las congresistas piden convocar el expediente 24.327. Este tiene como objetivo la creación de un banco de material genético de exconvictos condenados por delitos sexuales, para establecer un marco legal para la recopilación, almacenamiento y utilización de perfiles genéticos.
Otro plan tiene que ver con una reforma al Código Penal para castigar con penas más severas a quienes suministren fármacos, drogas o cualquier otra sustancia química o natural para cometer abusos y violaciones de tipo sexual. La propuesta busca adicionar una serie de incisos a los artículos 157, 161 y 162 del Código.
En el caso violación calificada, la iniciativa busca que la prisión sea entre 12 y 18 años a quien suministre este tipo de fármacos o drogas para cometer una violación. Para los casos de abusos sexuales contra personas menores de edad y personas incapaces la propuesta señala que el autor del delito será sancionado con pena de prisión de 4 a 10 años cuando se suministren estas sustancias para estos efectos.
Entre tanto, los abusos sexuales contra las personas mayores de edad mediante esta táctica de uso de drogas o sustancias se penalizará con cárcel entre 3 y 6 años.
También, se solicita una iniciativa que busca elevar a rango de ley el Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Víctimas de Violación Sexual, más conocido como Protocolo de las 72 horas. Este plan se tramita bajo el expediente 23.633.
Esta semana, además, la Comisión de la Mujer de la Asamblea Legislativa llamó a cuentas a 8 jerarcas acerca de las acciones que se están implementando en sus respectivas instituciones para enfrentar el aumento sostenido en la agresión contras las mujeres y en los casos de femicidios.
- Las legisladoras de este foro legislativo aprobaron una moción para que lleguen a dar cuentas los siguientes jerarcas: Ministra de la Condición de la Mujer: Cindy Quesada Hernández
- Presidenta ejecutiva del Instituto Nacional de la Mujer: Yerlin Zúñiga Céspedes
- Presidenta de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia: Patricia Solano Castro
- Fiscal general: Carlo Díaz Sánchez
- Director del Organismo de Investigación judicial: Randall Zúñiga López
- Ministro de Seguridad Pública: Mario Zamora Cordero
- Ministra de Presidencia: Laura Fernández Delgado
- Encargada del Observatorio de Violencia de Género contra las Mujeres y Acceso a la Justicia del Poder Judicial: por definir jerarca
Como parte de sus presiones al Gobierno, recientemente también un grupo de 20 diputadas solicitó al Poder Ejecutivo declarar emergencia nacional por el aumento de femicidios.

