Diputados aprueban plan para endurecer arresto con tobillera

13 de Ago. 2024 | 6:38 pm

La tarde de este martes de manera unánime los 42 diputados presentes en la sesión del plenario legislativo aprobaron el proyecto de ley que pretende endurecer los requisitos para que los privados de libertad puedan acogerse a la modalidad de arresto domiciliario con tobillera.

La iniciativa de ley busca para ello una reforma al artículo 57 bis del Código Penal.

Actualmente, este beneficio de arresto domiciliario con tobillera se le otorga a los delincuentes primarios con condenas no mayores a los 6 años. En el texto aprobado los diputados lo fijan en 4 años.

En la siguiente ilustración se muestran los principales cambios que propone el proyecto de ley en relación con los años de condena y los delitos tipificados para prohibir su implementación.

Algo importante que señalar es que la norma vigente establece que este beneficio no se puede conceder a los culpables de delitos relacionados con el crimen organizado, delitos sexuales contra menores de edad y delitos con armas de fuego.

Estas disposiciones seguirían vigentes de aprobarse la reforma.

La propuesta también plantea cambios con relación a las disposiciones para revocar este beneficio a los privados de libertad.

El diputado liberacionista y presidente de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico del Congreso, Gilbert Jiménez Siles, dijo que es necesario endurecer estos requisitos porque a pesar de que el arresto domiciliario con tobillera busca disminuir el hacinamiento en las cárceles e incentivar la reinserción social de los sentenciados, "con el pasar del tiempo, ha sido vulnerada de manera reincidente por un porcentaje importante de reclusos que tiene el disfrute de esta medida, que han incidido en la comisión de algún hecho delictivo".

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