Presentan proyecto con nuevas reglas para eventos masivos

4 de Nov. 2022 | 7:08 pm

(CRHoy.com).- La diputada del Partido Progreso Social Democrático (PPSD), Ada Acuña, presentó a la corriente legislativa un proyecto de ley expediente 23.446 que busca crear nuevas reglas para la organización de eventos masivos.

La oficialista insistió en que "a través de esta iniciativa, avanzaremos con normativa innovadora y urgente para el país".

La iniciativa considera que el marco jurídico vigente posee una definición imprecisa en torno a la conceptualización de la figura del evento masivo.

La legislación y la normativa reglamentaria cuando se define un evento masivo se hace hincapié en aspectos referidos a "escenarios de riesgo o de amenaza" y aquellos donde exista "aglomeración o hacinamiento" y con ninguno de estos conceptos se logra determinar cuando un espectáculo público o diversión pública se considera un evento masivo.

Así el proyecto define primero qué se entiende por un evento masivo:

"Se entiende como evento masivo la congregación planeada superior a 1000 personas, reunidas en un lugar con la capacidad o infraestructura para ese fin, con el objetivo de participar en actividades reguladas en su propósito, tiempo, contenido y condiciones de ingreso y salida, bajo la responsabilidad de una organización con el control y soporte necesario para su realización y bajo el permiso y supervisión de entidades u organismos con jurisdicción sobre ella".

Si la actividad reúne menos de 1000 personas, se considerará un evento no masivo:

Los eventos privados, controlados, al aire libre o en sitios cerrados que concentren a una cantidad inferior a las 1000 personas no se considerarán eventos masivos y estarán sujetos al cumplimiento único y exclusivo de los siguientes requisitos: permiso de funcionamiento emitido por la oficina regional del Ministerio de Salud, permisos municipales y el visto bueno de la fuerza pública. En caso de que exista participación de algún artista internacional deberán gestionar el permiso respectivo ante la Dirección General de Migración y Extranjería.

Reglas de capacidad máxima

El proyecto establece que en todo predio abierto donde se proponga la celebración del evento masivo la capacidad máxima que podrá otorgarse será a razón de tres personas por metro cuadrado para los espectáculos públicos y de dos personas por metro cuadrado para las diversiones públicas, siendo tomado de base para dicho coeficiente la superficie libre de piso.

Deberán aplicarse las normas técnicas que resulten de acatamiento obligatorio en materia de seguridad humana y riesgos contra incendios.

Para el caso de predios cerrados y semicerrados y en el supuesto de permisos para la realización de eventos masivos, deberán contar, únicamente, con los requisitos de habilitación y autorización temporal previa de estos espacios destinados para esos fines, debiendo respetar la capacidad otorgada en la misma.

Ventanilla única

La diputada Ada Acuña presentó la iniciativa. (Foto: cortesía)

La iniciativa crea además una ventanilla única que estará adscrita al Ministerio de Salud y podrá establecer un cobro al costo para los administrados que vayan a organizar o producir un evento masivo regulado por la presente ley.

Si en el plazo de 15 días las personas no tienen respuesta de la solicitud, se aplicará el silencio positivo

En el caso de pago de tributos en todos los casos que se vaya a producir un evento masivo, los organizadores o productoras deberán contratar una agencia tiquetera o plataforma de venta autorizada debidamente registradas ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

Esto para que gestione las preventas de entradas al evento y, posteriormente, realice las transferencias de los porcentajes legalmente establecidos que correspondan por concepto del pago de las obligaciones tributarias y derechos a los sujetos acreedores, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la realización del evento.

Toda persona física o jurídica que se dedique, habitualmente, a la organización y/o producción de eventos masivos y no masivos, deberá inscribirse y acreditar los requisitos respectivos con un mínimo de quince días de antelación a la realización del evento.

El proyecto deroga los artículos del 1 al 21 de la Ley 9920 del 19 de noviembre del 2020 que regula los eventos deportivos en vías públicas terrestres debido a que excluye, erróneamente, de la definición de eventos masivos este tipo de actividades lo que genera distorsión en el tratamiento y supervisión de este tipo de eventos masivos por su propia naturaleza.

La iniciativa debe ahora iniciar su trámite legislativo.

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