¿Cuándo y cómo denunciar una “mordida”? Fiscal lo explica
Si la víctima accedió al pago tras la presión del funcionario, no cometió ningún delito
Los cobros ilegales realizados por funcionarios públicos, conocidos como "mordidas", constituyen una forma de corrupción que afecta el buen funcionamiento de la administración pública. Este tema fue abordado en el más reciente episodio del programa Frecuencia MP, con la participación de la fiscal Claudia Villafuerte, de la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción.
Según explicó Villafuerte, este delito —conocido legalmente como concusión— se configura cuando un funcionario, abusando de su cargo o funciones, obliga o induce a una persona a dar o prometer un beneficio patrimonial. Es decir, se trata de un cobro indebido a cambio de realizar, omitir o agilizar trámites o funciones que le corresponden al servidor público.
La fiscal advirtió que los empleados públicos que incurren en este delito se exponen a penas de prisión de entre 2 y 8 años, y a inhabilitación para ejercer cargos públicos, en caso de ser hallados culpables.
¿Qué es la concusión?
Concusión: delito que comete el funcionario público que, con abuso de su calidad o de sus funciones, obliga o induce a alguien a dar o prometer, indebidamente, para sí o para un tercero, un bien o beneficio patrimonial, diccionario del Poder Judicial.
Este delito puede ser cometido por cualquier funcionario, desde un oficial de tránsito hasta un presidente, ya que solo se requiere que esté en funciones al momento de aprovecharse del cargo.
Villafuerte señaló que las "mordidas" son frecuentes en cuerpos policiales, municipalidades, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el Ministerio de Salud e incluso en funcionarios judiciales. Aunque se da en todo el país, su incidencia es mayor en San José, y son comunes en zonas fronterizas, donde las condiciones pueden facilitar estos actos.
Ejemplos comunes de concusión
- Oficiales de tránsito que solicitan pagos a cambio de no emitir una multa.
- Montos exigidos para agilizar trámites, otorgar permisos o emitir patentes en municipalidades.
- Venta de incapacidades médicas en la CCSS.
- Pagos para evitar inspecciones del Ministerio de Salud en locales sin permisos o con documentos vencidos.
La fiscal recordó que basta con la insinuación de un cobro indebido para que se configure el delito, lo que lo convierte en un "delito de mera actividad", es decir, no se requiere que el pago se concrete para que haya consecuencias penales.
Concusión vs. Penalidad del corruptor
Villafuerte también explicó la diferencia entre la concusión y la penalidad del corruptor:
- Concusión: la iniciativa del cobro viene del funcionario público.
- Penalidad del corruptor: ocurre cuando el particular ofrece dinero o beneficios indebidos al funcionario.
Penalidad del corruptor: delito que consiste en dar o prometer a un funcionario público una dádiva o ventaja indebida, diccionario del Poder Judicial.
En estos casos, si el funcionario acepta la dádiva, puede incurrir en cohecho impropio o propio.
Tipos de cohecho:
- Cohecho impropio: el funcionario acepta dádivas para realizar actos que sí le corresponden como parte de sus funciones.
- Cohecho propio: el funcionario acepta dádivas para realizar actos contrarios a sus funciones, o para omitirlos o retardarlos.
Estos delitos no solo conllevan penas de prisión, sino también multas equivalentes a los montos recibidos, lo que busca reforzar el carácter disuasivo de la sanción.
¿Cómo denunciar las "mordidas"?
El Ministerio Público puede intervenir solo una vez recibida una denuncia o alerta. Las personas pueden reportar estos hechos de las siguientes maneras:
- Llamando al 9-1-1, en caso de una emergencia o cuando el hecho ocurre en el momento.
- Acudiendo a una oficina del OIJ, si no se conoce la identidad del funcionario involucrado.
- Presentando la denuncia en el Ministerio Público, si se cuenta con los datos del funcionario.
La fiscal enfatizó la importancia de detalles como nombres, apellidos, hora, lugar, códigos, placas y características físicas, para lograr identificar con precisión al presunto infractor.
También aclaró que, si un ciudadano fue inducido por un funcionario a entregar un pago, no comete delito alguno, incluso si la persona accede por miedo, presión o desconocimiento.
Un daño más allá del delito
Villafuerte concluyó que la corrupción mediante "mordidas" deteriora la confianza de la ciudadanía en las instituciones públicas, generando un daño profundo en la imagen del Estado y afectando la percepción de legitimidad de los servicios públicos.
