Costa Rica conocerá este miércoles si violó derechos a estadounidense
Estado rechaza vulneración a garantía de información sobre asistencia consular, señalado por CIDH
(CRHoy.com) Costa Rica conocerá la mañana de este miércoles si violentó el derecho de información sobre asistencia consular a un estadounidense, durante un proceso penal que le siguió por delitos sexuales y suministro de drogas a menores de edad.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) programó para las 8:00 a.m. la notificación de sentencia del caso impulsado por Thomas Scot Cochran contra el Estado desde hace 17 años y que el país atribuye a un "descontento generalizado" del aparente ofendido.
Usted puede seguir la transmisión del acto en tiempo real mediante el siguiente enlace, a partir de la hora antes citada.
¿Pero en qué consiste el proceso iniciado contra Costa Rica? Para entenderlo, es necesario partir de que Cochran fue detenido, acusado, juzgado y condenado en el país de infracciones a la Ley de Estupefacientes, fabricación de pornografía, difusión de material con contenido sexual, relaciones sexuales remuneradas y corrupción en contra de 11 menores de edad.
En tal sentido, el Tribunal Penal del I Circuito Judicial de San José le impuso 154 años de prisión, que se readecuaron a 45 por reglas del concurso material.
Aquella sentencia reportada por el diario La Nación el 11 de agosto de 2004 fue posteriormente confirmada por la Sala de Casación Penal, como última instancia en la materia. Allí, además, se evacuaron revisiones planteadas por la defensa técnica del extranjero.
Un año más tarde, Cochran acudió a Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Allí cuestionó que el allanamiento a su domicilio -en el que también fue aprehendido- se hizo en una fecha y hora distinta a la indicada en la orden judicial, al tiempo que alegó una violación a su garantía de libertad individual por la imposición de prisión preventiva, así como una vulneración al derecho a una revisión integral del fallo condenatorio.
Tras hacer las valoraciones correspondientes, la Comisión descartó que el Estado quebrantara alguna garantía del peticionario en esos particulares.
No obstante, en la presentación del caso de Cochran ante la Corte Interamericana, el 6 de junio de 2021, la Comisión sí detectó una violación al derecho a la información sobre la asistencia consular del estadounidense.
"Se constató, en primer lugar, que al momento de su arresto el señor Cochran era ciudadano de los Estados Unidos de América. Asimismo, se tuvo por acreditado que, al día siguiente del arresto, el juez penal de turno dirigió una carta a la Embajada de los Estados Unidos de América en Costa Rica, informando de su decisión de dictar una medida de prisión preventiva por el término de seis meses contra el señor Cochran. La Comisión entendió que dicha notificación no es suficiente para garantizar el derecho a la información sobre la asistencia consular. Ello, dado que este derecho, de acuerdo con los estándares interamericanos, implica el derecho de la persona extranjera arrestada a ser informada sin dilación que posee el derecho de solicitar los servicios consulares de su Estado de origen.
"De la lectura del expediente, la Comisión advirtió que no existe registro alguno de que, al inicio del proceso penal ni posteriormente, las autoridades judiciales costarricenses hayan procedido a informar al señor Cochran de su derecho a la información sobre la asistencia consular. Asimismo, durante el trámite en sede internacional, el Estado no presentó prueba en este sentido", se extra de un comunicado emitido el 15 de octubre de 2021.
En ese sentido, al país se le señaló de -en apariencia- haber transgredido los artículos 7.4 (derecho a la libertad personal y a ser informado sobre las razones de una detención) y 8.2 (sobre garantías judiciales y la presunción de inocencia) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el numeral 1.1 (compromiso de respetar las libertadas indicadas en el Pacto de San José).
La Comisión recomendó en su informe de fondo que Costa Rica repare integralmente las presuntas violaciones y que adopte medidas de no repetición, de manera que se garantice el derecho de los extranjeros arrestados en su territorio a contar con información sobre asistencia consultar.
"Descontento generalizado"
No obstante, durante la audiencia pública por el caso celebrada el 9 de noviembre de 2022, la representación estatal, encabezada por la presidenta de la Sala Tercera, Patricia Solano, y la directora jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (MREC), Natalia Córdoba, detalló una serie de pruebas que -desde su perspectiva- demuestran que en el proceso contra Thomas Scot Cochran sí se materializó la asistencia consular en su favor desde el día en que fue capturado.
Para el país, existen múltiples gestiones y comunicaciones con la respectiva representación consular, lo que confirma que la posible víctima no solo tuvo conocimiento de su derecho, sino que efectivamente lo puso en práctica, solicitó la asistencia y la recibió sin ninguna restricción.
"Adicionalmente, la representación estatal destacó que por la conducta procesal del señor Cochran, resulta evidente que sus reclamos siempre han respondido al descontento generalizado por la condena penal que se impuso en su contra, la cual fue fijada respetando el debido proceso y las garantías procesales.
"El Estado enfatizó que, ni en el marco de las medidas cautelares cuando descontó prisión preventiva, ni durante el debate e incluso con posterioridad a la sentencia en el recurso de casación, el tema consular fuera un asunto que se planteara. Por el contrario, la intención del señor Cochran siempre ha sido obtener su libertad e incluso ser indultado, por lo que se efectuó un respetuoso llamado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos en analizar el caso de la mano con las posibilidades brindadas al presunto agraviado para ejercer en forma efectiva su defensa", se desprende de una nota de prensa publicada ese día por la Cancillería.
La delegación nacional contó con el acompañamiento de la directora del Centro de Atención Integral (CAI) Jorge Debravo, Adriana Masis, entre otros cuatro asesores legales de la Corte Suprema de Justicia, la Casa Amarilla y el Ministerio de Justicia y Paz (MJP).



