Cosevi suspende resolución de apelaciones a multas por violar la restricción
Reclamos no se pueden resolver hasta que tribunal dicte un fallo
(CRHoy.com).-Las Unidades de Impugnaciones del Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) no podrán resolver apelaciones sobre multas a la restricción vehicular sanitaria, hasta que la Sala Constitucional emita fallo sobre una acción interpuesta contra esa medida impulsada por el Poder Ejecutivo.
Se trata de la acción de inconstitucionalidad contemplada en el expediente 21-013618-0007-CO, la cual planteó en julio pasado el exdiputado Otto Guevara Guth. Según el político, la limitación para circular atenta contra la libertad de las personas.
Este jueves, a través de Twitter, circuló un documento oficial emitido por la sede regional de Cartago. En el texto, la entidad responde a un usuario que apeló la multa y le indica que desde el 27 de julio la Sala Constitucional dio curso a la acción, por lo cual no se puede emitir una resolución final "en los procedimientos tendentes a agotar la vía administrativa".
"Esta unidad de impugnaciones declara, en acatamiento de lo ordenado por la Sala Constitucional, la suspensión del procedimiento administrativo y reserva el dictado de la resolución final en el presente procedimiento administrativo de impugnación, mientras la Sala no haya hecho pronunciamiento del caso, quedando a la espera de lo que en definitiva resuelva el órgano constitucional", citó la institución.
Según el sitio de consulta de los expedientes de la Sala Constitucional, el planteamiento de Guevara permanece en trámite.
La restricción vehicular sanitaria actualmente opera entre 5:00 a.m. y 10:00 p.m., según el último dígito de la placa. Por ejemplo, los lunes no circulan los automóviles terminados en placa 1 y 2 (a no ser que cumplan con alguna excepción).
Entre las 10:00 p.m. y las 5:00 a.m. no circula ningún vehículo, salvo las excepciones ampliamente conocidas.
Este sábado 28 de agosto no circulan las placas terminadas en número impar, mientras el domingo 29 de agosto no podrán salir a la calle las concluidas en número par.
La multa por violar la restricción vehicular sanitaria asciende a 110 mil colones.
A partir de setiembre, en fines de semana, se eliminará la limitación para circular según el último número de la placa. La restricción nocturna, entre 10:00 p.m. y 5:00 a.m., se mantendrá.

