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Contraloría absuelve a ministro del Minae en caso por presunto incumplimiento de orden

Caso versa sobre evaluación ambiental aplicable a planes de ordenamiento territorial

Por Pablo Rojas | 19 de Nov. 2024 | 11:52 am

Franz Tattenbach Capra, ministro de Ambiente (Archivo CRH)

La División Jurídica de la Contraloría General de la República (CGR) absolvió a Franz Tattenbach Capra, ministro de Ambiente y Energía, en un procedimiento administrativo sancionatorio que se le seguía por presuntamente incumplir una disposición girada por el ente contralor.

Así consta en la resolución DJ-1969, del 17 de octubre, contenida en el expediente CGR-PA-2023007556.

Tattenbach asumió como jerarca del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) en mayo de 2022, al inicio de la Administración Chaves Robles (2022-2026).

¿Por qué se investigó al jerarca? La CGR procuró establecer si existió un presunto incumplimiento de una disposición girada por la CGR, referente al proceso de evaluación ambiental estratégica aplicable a planes de ordenamiento territorial.

"En principio, (Tattenbach) no emitió la normativa necesaria en esa materia en los plazos dispuestos para tal efecto", había dicho la División Jurídica de la CGR, a través de un correo electrónico remitido en julio pasado.

El informe se emitió el 25 de agosto de 2022 y advirtió la creación de dependencias paralelas en la estructura de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena), la cual está adscrita al Minae. Algunas de esas dependencias señaladas tienen que ver con los planes de ordenamiento territorial.

Tras analizar el caso y los alegatos planteados por el funcionario, la División Jurídica de la CGR no concluyó una responsabilidad administrativa por de Tattenbach, "en el tanto de las pruebas recopiladas en el proceso no se determinó que el actuar se realizara con culpa grave o dolo".

"(…) criterios necesarios para la configuración de la falta reprochable, sino que se acredita en primer lugar que 2 meses después del inicio en el ejercicio del cargo como ministro del Minae, es cuando se le pone en conocimiento por parte de la CGR la existencia de la disposición (por cumplir, la 4.7) y el plazo para el cumplimiento de la disposición, según se consideró, se encontraba vencido para ese momento, aunque previamente se había firmado el  decreto Reglamento de incorporación de variable ambiental en planes reguladores y otros instrumentos de ordenamiento territorial (Rivaiot) en las circunstancias ya expuestas, por lo que aun de procederse conforme a lo requerido, el margen de acción del aquí investigado para el cumplimiento de dicha disposición era reducido y sumamente corto en comparación con el tiempo que se tuvo anteriormente en el proceso de trabajo realizado", puntualiza la resolución.

A esto se suma la reversión que se hizo por parte del Ministerio de Vivienda y Aseintamientos Humanos (Mivah) sobre el decreto firmado anteriormente, el cual se retiró y no fue publicado debido a una serie de deficiencias.

Además, según la División Jurídica de la CGR, una vez que el jerarca conoció la existencia de una propuesta del anterior gobierno, estuvo anuente a valorar la propuesta e impulsar lo pertinente para cumplir con lo dispuesto. Sin embargo, luego del análisis y conocer que el Mivah había solicitado la no publicación del decreto, en las comunicaciones posteriores se indicó que no se continuaría con el proceso iniciado por la anterior Administración y que, en cambio, se realizaría una nueva propuesta tomando en cuenta el insumo realizado en la gestión antecesora. Informando que para ello necesitaba tiempo, "de modo que existió una decisión de revisar y hacer ajustes sobre lo actuado previamente, la cual tampoco se demuestra que haya sido arbitraria, que se le haya girado una orden contraria o que hubiese incumplido u omitido".

Por último, a pesar de que la CGR decidió tener por incumplida la disposición y no otorgar el tiempo solicitado al ministerio, Tattenbach y el equipo de trabajo desarrollaron la nueva propuesta que está presentada al Departamento de Leyes y Decretos de Casa Presidencial para la revisión y firma de Rodrigo Chaves, presidente de la República.

El fallo detalla que, si bien el ministro tuvo conocimiento de la existencia de la disposición girada por el ente contralor y que debió ser atendida, esta se encontraba vencida y se acreditó que el actuar -a pesar de que transcurrió un tiempo significativo de casi 2 años desde que la CGR le puso en conocimiento- se realizaron esfuerzos para cumplir a pesar de que su consecución no se diera en los plazos que en su momento estableció la CGR.

"Conforme a las razones expuestas en el apartado anterior y en armonía con lo expuesto en el elenco de hechos probados y las manifestaciones realizadas por el aquí investigado, aunado a los restantes elementos de juicio expuestos, llega a la conclusión este órgano decisor en cuanto a la no existencia de responsabilidad administrativa en el presente asunto", concluyó la resolución del 17 de octubre.

¿Qué había pedido la CGR en la disposición que propició la apertura del proceso? Según consta en el documento DFOE-SOS-IF-00008-2022, denominado "Informe de auditoría de carácter especial acerca de la gobernanza de los procesos de evaluación ambiental que ejecuta la Setena", el jerarca debía acatar lo siguiente:

  • Revisar los decretos ejecutivos que crearon las diferentes comisiones, específicamente los Decretos Ejecutivos: 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, 37675-MINAE 41213-MINAE, 41500-MINAE y 41817-MINAE, a efecto de derogar expresamente las estructuras organizacionales que limiten, sustituyan o impidan el ejercicio de las competencias y funciones a la Setena, así como aquellas que no se encuentren funcionando. Remitir a la CGR una certificación en la que conste la revisión, justificación técnica y jurídica, y derogaciones correspondientes, a más tardar el 15 de noviembre de 2022.
  • Emitir, oficializar y divulgar una orden, instrucción o circular, para que la SETENA desarrolle un instrumento para el fortalecimiento de su capacidad organizacional, en el que se analice sus sistemas, políticas, procesos y procedimientos, recursos y examine sus actividades y servicios; de manera, que asegure el cumplimiento de sus competencias y funciones. Esta orden, instrucción o circular debe contener las indicaciones y criterios que permitan guiar, así como supervisar y controlar la implementación de dicho instrumento. Remitir a la Contraloría General una certificación en la que conste la emisión, oficialización y divulgación de dicha orden, instrucción o circular, a más tardar el 15 de diciembre de 2022.

La CGR detalló que el procedimiento contra Tattenbach está en curso y pendiente del dictado del acto final. "Dado que se trata de un procedimiento en trámite, por razones legales no es posible brindar otros detalles del caso", acotó la División Jurídica de la entidad.

La Administración Chaves Robles (2022-2026) presentó desde mediados de 2022 un proyecto de ley que pretende reducir la independencia técnica de la Setena y que sea una figura política la que se encargue de decidir sobre las viabilidades ambientales de obras o proyectos de infraestructura.

El expediente en cuestión procura concentrar más potestades en la figura del ministro del Minae.

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