Condenan a municipio por permitir deposito de desechos de Circunvalación cerca del Virilla
Terrenos son propiedad del Ministerio de Obras Públicas y Transportes
La Sala Constitucional condenó a la Municipalidad de Heredia por otorgar permiso y uso de suelo al consorcio H.Solís-Estrella para depositar en terrenos propiedad del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) desechos provenientes del proyecto de Circunvalación Norte.
Así consta en la resolución 24-015790-0007-CO del Tribunal Constitucional, con fecha del 30 de julio de 2024, de la cual crhoy.com tiene copia. Al gobierno local le dieron 2 meses para corregir problema ambiental.
El terreno se localiza en el Barrio La Victoria en Santa Rosa de Santo Domingo de Heredia y es colindante con el río Virilla.
La recurrente reclamó que el 6 de abril de 2021 hubo una presentación de la Alcaldía de ese entonces, pero que no se dio una votación o acuerdo en el Concejo Municipal para que transitaran por rutas cantonales cientos de camiones a depositar el material extraído de la operación.
"Se escogió un terreno denominado Escombrera Montano, que se ubica en el Barrio La Victoria, en Santa Rosa de Santo Domingo de Heredia y que conlinda con la cuenca del río Virilla. Dicho terreno tiene un cierre sanitario por parte del Ministerio de Salud desde 2014 para controlar el vertedero ilegal de escombros y residuos de la región y fue reabierto para el depósito de nuevos escombros", acotó.
De acuerdo con la exposición de motivos, en el sitio pasan entre 60 y 80 vagonetas diarias, las cuales produjeron congestionamiento vial y contaminación, lo cual afecta la población de ese cantón.
Informe municipal
Gerardo Ortega Fonseca, presidente del Concejo Municipal de Santo Domingo, dijo a la Sala Constitucional que el 6 de abril de 2021 se recibió en audiencia a Carlos Martí, director técnico de Circunvalación Norte.
Ortega mencionó que la presentación versó sobre el uso de la empresa adjudicataria del terreno propiedad del MOPT que proviene de la construcción del anillo de la Circunvalación Norte.
Jorge Luis Fonseca, alcalde de Santo Domingo, se opuso al recurso de Amparo al señalar que las actuaciones ocurrieron de buena fe, a través del cual se le informó al gobierno local sobre las actividades a realizar por parte del Estado.
"No existe convenio ni acuerdo municipal en favor de alguna empresa privada. Lo que hay es que el Estado (MOPT) tiene un terreno matrícula Heredia-107643-000 donde según informó el Departamento de Catastro Municipal mediante correo electrónico de fecha 3 de junio de los corrientes, dicho terreno estuvo afectado por actividad de El Tajo donde sacaron bastante material", indicó el alcalde.
El alcalde denunció ante la Sala Constitucional el 20 de junio que en la propiedad de Tajo Montano no existe permiso sanitario de funcionamiento. Ese aspecto fue confirmado ante los magistrados por Kimberly Madrigal Rodríguez, directora de esa Área Rectora de Salud.
La funcionaria de Salud declaró que el 28 de junio se recibió un apercibimiento a Mauricio Batalla, ministro del MOPT, para que pusiera al día la actividad realizada en el sitio porque requiere de un permiso sanitario.
Resolución constitucional
La Sala Constitucional advirtió que la clausura del Tajo Montano como vertedero ilegal de escombros y residuos, no guarda relación con la discusión del proceso, sino que hace alusión al uso del inmueble por parte de terceros, que hacían vertidos y quema de desechos en el lugar.
Los magistrados sostuvieron que aunque el proyecto de Circunvalación Norte contara con viabilidad ambiental y exclusivas, no implicaba que el MOPT soslayara el cumplimiento de las exigencias con el fin de efectuar una actividad reclamada.
Para la Sala, el que el gobierno local planteara una denuncia para procurar la clausura del establecimiento por carecer de requisitos legales hizo que esa actividad de la cual hoy se está acusando se consintiera por muchos meses.
En cuanto al Área Rectora de Salud, el Tribunal Constitucional echó de menos una valoración periódica de la denuncia a cargo de los funcionarios institucionales, lo cual consideró que existe un "agravio reclamado".

