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Caso Diamante sigue vivo por ahora: tribunal ordena analizar validez de pruebas en nueva audiencia

El Tribunal Penal de Hacienda y de la Función Pública emitió una resolución que permite —por ahora— mantener vivo el caso Diamante, una investigación judicial que apuntaba a la existencia de una red de presunta corrupción entre la constructora MECO y varias de las principales alcaldías del país.

Una jueza declaró con lugar un recurso de apelación presentado por la Fiscalía para intentar salvar la causa, luego de que el Juzgado Penal anuló las intervenciones telefónicas, los allanamientos, el levantamiento del secreto bancario y los decomisos que sustentaban la investigación.

El Tribunal dio en parte la razón al Ministerio Público; sin embargo, no determinó si las evidencias son válidas ni si aún pueden utilizarse en el proceso penal.

En su lugar, ordenó la celebración de una nueva audiencia en el Juzgado Penal, con el fin de que otro juez analice nuevamente la legitimidad de las pruebas recopiladas durante la investigación.

La crisis del expediente se originó porque una jueza utilizó el formato de una resolución por aborto para declarar el caso como "crimen organizado"; por lo tanto, dicha declaratoria quedó anulada.

Al ser esta la base legal para autorizar las escuchas telefónicas, su anulación provocó un efecto dominó que invalidó la mayoría de las pruebas derivadas.

Esto incluye la recolección de otras evidencias sustentadas en las llamadas intervenidas, los allanamientos a alcaldes y demás involucrados, las pruebas recabadas en esos operativos, las detenciones, las indagatorias, las medidas cautelares impuestas y las suspensiones del cargo.

Aunque defensores legales han considerado que el expediente carece de futuro, con la decisión dictada este miércoles la Fiscalía cuenta ahora con una nueva oportunidad para defender la legitimidad de las intervenciones telefónicas y evitar el cierre definitivo del proceso.

Esto, porque si se llega a anular definitivamente la totalidad de la prueba, los elementos restantes de la investigación serían insuficientes para sostener la hipótesis inicial del caso: una presunta red de corrupción que habría favorecido a la constructora MECO mediante beneficios como adelantos de pago o adjudicaciones de contratos de obra pública.

Este caso estalló en noviembre de 2021, con operativos que involucraron a seis alcaldes y representantes de empresas constructoras —como MECO—, investigados por un supuesto esquema de dádivas a cambio de contratos de obra pública vial.

En esta causa figuran como imputados quienes, a noviembre de 2021, ocupaban cargos de alcaldes: Johnny Araya Monge, de San José; Alfredo Córdoba Soro, de San Carlos; Mario Redondo Poveda, de Cartago; Humberto Soto Herrera, de Alajuela; Alberto Cole de León, de Osa; y Arnoldo Barahona Cortés, de Escazú.

Argumentos jurídicos

La resolución apelada estaba por enterrar el caso Diamante, ya que declaró la existencia de actividades procesales defectuosas y, consecuentemente, la ilegalidad e ineficacia de las intervenciones telefónicas, los allanamientos, los levantamientos del secreto bancario y las pruebas derivadas.

El Ministerio Público fundamentó su recurso de apelación en una errónea interpretación y aplicación de la ley sustantiva y procesal. Argumentó que dicha aplicación generó un agravio, al obstaculizar y limitar el ejercicio de la persecución penal, afectando directamente la obtención de prueba y el desarrollo de la investigación.

Por su parte, la defensa solicitó que no se admitiera o que se rechazara del recurso del Ministerio Público, alegando falta de agravio irreparable, insuficiencia en la fundamentación, conformidad de la resolución con el Derecho y la dependencia de las intervenciones telefónicas de una declaratoria de crimen organizado que fue considerada ineficaz o inexistente, lo que —según su criterio— anularía la prueba.

Finalmente, el Tribunal Penal declaró con lugar el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público. En consecuencia, dispuso la ineficacia integral de la resolución emitida por el Juzgado Penal de Hacienda y devolvió el expediente para que el Juzgado, con distinta integración, proceda a resolver conforme a Derecho.

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