Cárcel “El Buen Pastor” deberá contratar ginecobstetra tras reclamo de privada de libertad
Reclusa con obstrucción pulmonar crónica presentó recurso de amparo
La Sala Constitucional ordenó al ministro de Justicia, Gerald Campos y a los encargados del centro penitenciario Vilma Curling (conocido como "Buen Pastor") a contratar un profesional en medicina y una enfermera ginecobstetra, así como a instalar tanques de oxígeno en el reclusorio.
Esto luego de declarar parcialmente con lugar un recurso de amparo presentado por una mujer recluida en ese centro. Tendrán 6 meses para implementar las medidas y el plazo no se puede prorrogar, a partir que se notifique la resolución.
La privada de libertad que presentó el recurso de amparo sufre múltiples padecimientos, como enfermedad pulmonar obstructiva crónica y tiene dificultades para recibir atención médica prioritaria en ese centro penal.
La mujer explicó a los magistrados, que en varias oportunidades los jueces de Ejecución de la Pena han ordenado garantizarle el tratamiento necesario, pero esas órdenes no han sido cumplidas.
Por el avanzado estado de su enfermedad, alegó que la situación se convirtió en una "bomba de tiempo" y su atención prioritaria podría hacer la diferencia entre la vida y la muerte.
Además de no tener el equipo, también se complica una salida médica de emergencia, debido a que el "Buen Pastor" muchas veces no cuenta con unidades móviles o custodios policiales para hacerlo. La privada de libertad también reclamó que el CAI Vilma Curling no tiene tanques de oxígeno, equipos que son vitales para atender su patología.
Además, desde hace tres años tampoco cuenta con un ginecobstetra y esas labores también deben ser cubiertas por la doctora de la cárcel.
Por su parte, la médico institucional, Marcela Gálvez replicó ante la Sala Constitucional que no es que ella no quiera acatar las directrices, sino que existe mucha demanda de servicios de salud dentro del centro penal y debe encargarse de atender a las pacientes, así como contestar los recursos de amparo interpuestos por las reclusas, todo ello, dentro de una jornada laboral limitada.
En una resolución dictada el pasado 10 de mayo, la Sala Constitucional alertó al jerarca y a los funcionarios involucrados que en caso de no cumplir con la orden, incurrirán en el delito de desobediencia, que se castiga con prisión de tres meses a dos años o de veinte a sesenta días multa.
Además, el Estado fue condenado al pago de las costas, daños y perjuicios causados por la ausencia del equipo médico. Consultamos al Ministerio de Justicia si se referirá a la sentencia, pero al cierre de edición la consulta está en trámite.
