39 diputados modifican parámetros para prisión preventiva
Este martes con el voto afirmativo de 39 diputados el plenario legislativo aprobó, en su trámite de primer debate, el proyecto de ley que modifica los parámetros para que los jueces dicten la medida de prisión preventiva.
Este plan que modifica los parámetros de la prisión preventiva fue la prioridad que los 3 supremos poderes de la República solicitaron a los diputados para su tramitación. La solicitud fue planteada a inicios de este 2024.
El plan consiste en una reforma a los artículos 239 y 239 bis del Código Penal.
La propuesta de ley solo fue votada de manera negativa por 5 legisladores de la fracción del Frente Amplio (FA) y de la independiente, Gloria Navas Montero, quienes consideran que el plan presenta roces con la Constitución Política.
El texto original del proyecto señalaba que los tribunales podrán ordenar la prisión preventiva del imputado, siempre que concurran circunstancias como que exista peligro para la víctima, el denunciante, el testigo y la comunidad. También, cuando la víctima, el denunciante, el testigo y la comunidad se encuentren en situación de riesgo, el juez tomará en cuenta la necesidad de ordenar esta medida.
Sin embargo, el término "peligro para la comunidad" fue uno de los aspectos que especialistas y diputados señalaron que podría ser ambiguo e inconstitucional. Este término fue el que consumió a los diputados 7 meses de discusión.
Los diputados llegaron recientemente a un acuerdo. Una moción aprobada aclaró el término "peligro para la comunidad". Se entenderá como comunidad, para los efectos de este inciso, "al conjunto de personas que habitan en una zona geográfica específica en donde se desarrollaron los hechos punibles que son endilgados a la persona imputada y sobre los cuales existen motivos razonables para presumir que la vida e integridad física de este conjunto de personas se encuentra en peligro", señala la moción aprobada.
La moción señala que esta medida de prisión preventiva se podrá dictar cuando "exista peligro para la víctima, el denunciante, el testigo y la comunidad.
Cuando la víctima, el denunciante, el testigo y la comunidad se encuentren en situación de riesgo, el juez tomará en cuenta la necesidad de ordenar esta medida".
El segundo debate quedó fijado para el jueves entrante, sin embargo, esto dependerá de si los diputados del FA cumplen o no su advertencia de consultar el proyecto de ley ante la Sala Constitucional. Para esto se requiere que se logren recolectar 10 firmas de legisladores para enviar la consulta a los magistrados.
Si la consulta a la Sala IV no se presenta, el plan podrá ser votado en segundo debate. De lo contrario, deberá esperar un mes más
