Gobierno cedió y no exigirá reintegro de millones pagados “por error” a funcionarios del MEP
Atribuyen que por falta de adaptación en tiempo y condiciones técnicas del Sistema Integra II no es aplicable el reintegro

(Firma de la convención colectiva).
(CRHoy.com). – La Convención Colectiva firmada el pasado 16 de octubre, por el presidente Carlos Alvarado, Ministerio de Educación Pública (MEP) y representantes de los sindicatos de educación, permite que no se exija el reintegro de las sumas que fueron pagadas "por error" a sus funcionarios.
Así quedó establecido en el artículo 38. de la Convención Colectiva que dice "Irretroactividad de la nominalización", firmado en un acto bajo completo hermetismo y sin ser anunciado ni a la prensa ni a la opinión pública.
"Las diferencias generadas entre el pago de incentivos de naturaleza porcentual e incentivos de naturaleza nominal, ocurridas con motivo de la falta de adaptación en tiempo y condiciones técnicas del Sistema Integra Dos, a las disposiciones y plazos presentes en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas No 9635, no serán atribuibles, ni imputable su reintegro a las personas trabajadoras del MEP y por consiguiente, no se considerarán sumas giradas de más", se lee en el artículo.
CRHoy.com solicitó al MEP el total de esta suma, sin embargo al cierre de esta nota no dieron respuesta a las consultas realizadas, no obstante se habla de que la cifra podría rondar los ₡28 mil millones.
A raíz de la entrada en vigencia de la Ley Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N° 9635, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 4 de diciembre de 2018, se modificó la Ley de Salarios de la Administración Pública, regulándose lo referente al régimen de remuneraciones e incentivos salariales, para los funcionarios de la administración central.
De conformidad con lo establecido por esta ley, la Dirección General de Servicio Civil definió lo siguiente:
"Artículo 50. Sobre el monto del incentivo. A partir de la entrada en vigencia de esta ley, el incentivo por anualidad de los funcionarios públicos cubiertos por este título será un monto nominal fijo para cada escala salarial, monto que permanecerá invariable. (…)"
"Artículo 54. Cualquier otro incentivo o compensación existente que a la entrada en vigencia de esta ley esté expresado en términos porcentuales, su cálculo a futuro será un monto nominal fijo, resultante de la aplicación del porcentaje al salario base a enero de 2018".
La Convención Colectiva estipula las reglas entre el patrono (MEP) y los empleados del sector educación, aplica para los cerca de 86 mil funcionarios.