Reducen cantidad de entradas que tour operadores pueden comprar para Manuel Antonio
Además, 4 horas antes de ingreso se deberá personalizar entrada a utilizar
(CRHoy.com). La Comisión Interventora del Parque Nacional Manuel Antonio (PNMA) anunció una reducción en la cantidad de entradas diarias que pueden comprar los operadores turísticos, y otros compradores, para visitar las instalaciones de ese inmueble.
En una nota enviada al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), Álvaro Conejo Arias, Coordinador Comisión Interventora Parque Nacional Manuel Antonio, indicó los parámetros a tomar en cuenta.
| Tipo de comprador | Máximo de reservas o compras por día | Máximo de transacciones diarias por tarjeta |
| Operadores turísticos con declaratoria turística: categoría agencia de viajes del ICT | 50 (antes podían comprar hasta 200) | 10 |
| Otros compradores | 6 | 2 |
Además, según el oficio CI-PNMA-004, emitido por la comisión interventora, se requiere limitar el tiempo de registro de la lista de visitantes para los usuarios de agencias de viajes. De esta forma, el nombre de la persona que visitará el parque, se deberá consignar con al menos 4 horas de anticipación, al momento de ingreso al PNMA.
Estas modificaciones en el sistema de venta de entradas serán temporales y se podrán flexibilizar en la medida que se logren algunas mejoras que permitan aumentar la capacidad turística en el Área Silvestre Protegida. Aspecto en el que también se está trabajando.
El 12 de mayo pasado, la Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo relacionado con el PNMA.
La resolución la tomaron tras considerar un modelo de flujo de visitantes de diciembre de 2022, el cual señaló una capacidad de carga en dicho parque nacional de 1.120 turistas diarios, pero, según datos de la propia área de conservación, la visitación actual alcanza un 267.9% de la capacidad instalada, esto sin un estudio técnico que lo sustente.
"Con tal situación consideró el alto Tribunal que se violan el derecho a un ambiente ecológicamente sano y equilibrado, consagrado en el artículo 50 de la Constitución Política, así como el principio de objetivación de la tutela ambiental.
Los magistrados Luis Fernando Salazar Alvarado y Anamari Garro Vargas salvan el voto y declaran sin lugar el recurso, al estimar que -tal como lo establecen los precedentes de la Sala Constitucional- lo relativo al ingreso de visitantes al PNMA debe ser discutido en la jurisdicción contencioso-administrativo y no en esta sede", señaló el tribunal constitucional.
El PNMA que se ubica en la provincia Puntarenas, en el cantón Quepos, forma parte de las Áreas Silvestres Protegidas del país, contiene un bosque tropical muy húmedo donde coexisten especies de flora y fauna en peligro de extinción, un manglar, ambientes marinos, islas y una laguna de 14 hectáreas, además de que recibe la mayor cantidad de turistas nacionales e internacionales; cerca de 400 mil turistas por año, que se estima visitan el lugar
