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Jueza: “Ha sido público y notoria la afectación” de los arroceros

Por Alexánder Ramírez | 3 de Abr. 2024 | 1:39 pm

Fotografía con fines ilustrativos. (Archivo/CRH).

La jueza Patricia Lorena Calderón Rodríguez, del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, rechazó los alegatos del Estado para tratar de mantener la "Ruta del Arroz", que fue suspendida por ese órgano este martes.

La representación del Estado argumentó que los productores de arroz que solicitaron la medida cautelar se limitaron a invocar supuestas lesiones a intereses de índole general, pero no a algún daño actual o potencial.

Según la resolución, se afirma que las "pérdidas" alegadas en las declaraciones juradas se atribuyen a los "altos costos de producción agroquímicos, fertilizantes, semilla de arroz más cara y de baja calidad y por factores climáticos", situaciones que según narran esas personas (los arroceros) ocurrieron en los años 2020 y 2021, es decir, con anterioridad a la promulgación del decreto cuya suspensión se pretende".

Con respecto al argumento de los productores nacionales de que la "Ruta del Arroz" disminuyó el área de siembra y que las medidas impulsadas por Rodrigo Chaves son un "acto sepultante" para la cosecha nacional, el Estado sostuvo que no es más que una opinión subjetiva.

También manifestó que la medida cautelar solicitada por los arroceros "resulta temeraria por la forma en la que está planteada y que el decreto no fue aplicado de manera intempestiva".

"Los actores no aportaron ningún elemento probatorio ni argumentación que demuestre la existencia de que sus intereses particulares sean lesionados con la promulgación del decreto de marras. Literalmente, alega, y sin perjuicio de lo anterior (…) debe prevalecer el interés público de mantener el cambio en la política arancelaria determinada en el decreto ejecutivo N°43642, pues lo que se pretende con la modificación de los DAI (Derechos Arancelarios de Importación)  es justamente que los costarricenses puedan acceder a mejores condiciones de mercado para satisfacer una necesidad básica de la dieta nacional, como lo es el consumo de arroz, al contar con un nivel arancelario que permita las importaciones de grano para satisfacer la demanda nacional no cubierta por la producción nacional (60%) y, a la vez, sea posible continuar con la actividad productiva de arroz en Costa Rica (40%)", indicó la representación del Estado.

Rechazo

Rodrigo Chaves, presidente de la República. (Archivo/CRH).

La jueza Calderón Rodríguez, sin embargo, resolvió que la medida cautelar no resulta temeraria ni pone en riesgo el interés superior público.

"Se observa que la acción tampoco es temeraria, por cuanto con el paso del tiempo ha sido público y notoria la afectación del sector nacional productor de arroz, lo cual tampoco se ha visto compensado con una baja sensible en el precio del mismo, a pesar de que en efecto las condiciones para los importadores fueron sustancialmente mejoradas con la disminución del arancel de importación para el arroz y pilado y el arroz en grano", sostuvo la jueza.

Manifestó que en la solicitud de medida cautelar planteada por los arroceros se observan fundamentos con respaldo jurídico, fáctico y probatorio para sustentar la suspensión requerida del decreto.

"Para ello la parte accionante esboza motivos de afectación para los productores nacionales, por cuanto el sector industrial opta por lo que le resulte más rentable, y, obviamente, importa el arroz en vez de adquirirlo en el mercado interno", mencionó.

En la resolución, también aseguró que no es de recibo la tesis del Estado de que el sector arrocero nacional no está sufriendo un daño grave.

"Con el decreto impugnado crea una enorme y desventajosa diferencia para los productores nacionales, visto que con la reducción arancelaria se abrió la posibilidad de que los importadores no se vieran obligados a comprar la producción nacional, y, dado que importar el grano les resulta más económico, pues eso es lo que han hecho, con lo cual sí se ha afectado directamente la cosecha nacional y esto ha llevado a muchos pequeños y medianos productores a abandonar su siembra, sin que el Estado haya provisto una alternativa para quienes tenían su economía dependiente de tal producto y ahora se enfrentan a la quiebra de sus micro y pequeñas empresas", razonó Calderón Rodríguez.

Indicó que aparejado a ello el precio del arroz al consumidor no ha bajado a los niveles previstos por el Gobierno.

"Con lo cual el beneficio de la emisión del decreto ejecutivo N° 43642, de desregulación arancelaria del precio del arroz, quien parece haberlo obtenido es un sector no vulnerable en la fórmula de mercado: los importadores, los que a pesar de que han podido traer al país el producto a precios muy inferiores del ofertado internamente, no han trasladado ese beneficio al grueso de la población, justamente ese quintil cuya fuente primaria de alimentación reside en el consumo de arroz y frijoles", agregó.

La solicitud de medida cautelar contra el Estado fue promovida por  Róger Leiva Martínez, Mario Valverde Mora, Ólger Chamorro Santamaría, Wilfredo Angulo Duarte, Adolfo Valverde Sánchez, Alberto Alfaro Fernández, Eduardo Alberto Marín Cordero y Nelson Calderón Alfaro, productores de las regiones Pacífico y Brunca.

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