¿Alquila y tiene dudas con el impuesto de renta? Tenga en cuenta estos cambios

29 de Dic. 2020 | 3:52 pm

Imagen con fines ilustrativos

(CRHoy.com) Si usted tiene una casa o un local en alquiler tenga en cuenta que ahora aplican algunos cambios a la hora de hacer la declaración del impuesto de renta.

El cobro que realizan los dueños de locales o viviendas de alquiler forma parte de las rentas que una persona puede tener, ya sea como ingreso único o bien adicional a algún otro tipo de salario.

Con la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas existe ahora la obligación de integrar algunas rentas pasivas al impuesto a las utilidades. Esto es así especialmente para quienes además de tener rentas empresariales tienen rentas de naturaleza mobiliaria e inmobiliaria.

Marco Vargas Siles, especialista en materia tributaria de la firma Vargas Vargas & Asociados señaló que antes de llenar los formularios para solicitar la integración es importante revisar la resolución 58-2019 en la cual se establecen una serie de parámetros para saber si las rentas mobiliarias e inmobiliarias se deben declarar en el impuesto a las utilidades.

Esta normativa establece dos situaciones:

  • En el caso de aquellos bienes o derechos que generan rentas de capital mobiliaria e inmobiliaria y ganancias o pérdidas de capital y que al mismo tiempo son utilizados en otra actividad lucrativa.

En estos casos las rentas sí deben integrarse al impuesto a las utilidades de manera obligatoria.

  • Mediante la aplicación del artículo 3 del reglamento de impuesto sobre la renta, el cual dispone que los contribuyentes que cuentan con un colaborador debidamente asegurado podrán seleccionar si tributa por impuesto a las utilidades o por rentas de capital.

"Bajo las anteriores situaciones, la primera se vuelve obligatoria la integración mientras en la segunda es el contribuyente el que puede determinar por cuál sistema tributa. No obstante, para lo anterior se debía dar de alta el sistema de tributación en el ATV mediante una actualización de datos y selección de sistema de tributación", dijo Vargas.

Según el experto, si algún contribuyente no informó sobre este tipo de declaraciones antes del cierre fiscal ahora tiene la obligación de presentar y pagar el impuesto a las rentas de capital con la posibilidad de proceder a hacer la integración de las rentas al impuesto a  las utilidades, si cuenta con el colaborador contratado.

"En cuanto a los pagos realizados, la administración tributaria le indica que los mismos se convertirían en un pago a cuenta al impuesto a las utilidades", indicó Vargas.

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