9 preguntas y respuestas ante los recortes y bloqueo de recursos al Poder Judicial

Poder Judicial

Poder Judicial. (CRH).

El Poder Judicial planteó nueve preguntas, con sus respectivas respuestas, frente a los argumentos esgrimidos por el Ministerio de Hacienda para justificar recortes y bloqueos de recursos en los presupuestos de esa institución para 2026 y 2027.

1. ¿Cómo rinde cuentas el Poder Judicial de la administración de recursos públicos?

Lo hace mediante controles internos y externos. La ejecución presupuestaria es fiscalizada por la Contraloría General de la República (CGR) y por la Auditoría Interna, mientras que la Dirección Ejecutiva y la Dirección de Planificación dan seguimiento a la formulación, distribución y ejecución del presupuesto. Además, el presupuesto se somete a la aprobación y fiscalización de la Asamblea Legislativa.

La institución también cuenta con mecanismos de transparencia y acceso público a la información, como el Portal de Transparencia, los informes de ejecución presupuestaria, los datos sobre contrataciones y el Sistema Integrado de Compras Públicas (Sicop).

2. ¿Es la independencia judicial una excusa para no rendir cuentas?

La independencia judicial no es un privilegio ni una excusa para no rendir cuentas. Es una garantía para la ciudadanía, porque permite que las decisiones se tomen con base en la Constitución y la ley, sin presiones externas. Para cumplir con el mandato constitucional, se requieren los recursos necesarios para prestar los servicios de justicia. Cuando esos recursos se limitan o no están disponibles oportunamente, se afecta la capacidad del Poder Judicial para cumplir sus funciones y, en consecuencia, la atención que recibe la ciudadanía.

3. ¿Ha aumentado el presupuesto del Poder Judicial?

Durante los últimos tres años, el presupuesto se ha mantenido relativamente estable como porcentaje de los ingresos corrientes: 6,84 % en 2025 y 2027, y 6,82 % en 2026. En términos absolutos, pasó de ₡528.513 millones en 2025 a ₡539.689 millones en 2026, un incremento del 2,11 %. Para 2027, el presupuesto es de ₡528.986 millones, es decir, ₡10.703 millones menos que en 2026 (1,96 %).

A esto se suman ajustes posteriores a la aprobación legislativa que han reducido los recursos disponibles. En 2025, se rebajaron ₡6.346 millones de recursos incorporados, debido a que Hacienda autorizó el giro de únicamente ₡3.000 millones. En 2026, se descontaron ₡8.688 millones aprobados por la Asamblea Legislativa que no fueron transferidos al Poder Judicial.

4. ¿Cómo define la Corte Plena las prioridades para los recursos del Poder Judicial?

Se realiza mediante un proceso técnico, planificado y sujeto a múltiples controles institucionales, dentro de los límites y condiciones establecidos por Hacienda y la Dirección General de Presupuesto Nacional. El Poder Judicial no define libremente el monto de su presupuesto, pues debe ajustarse a restricciones como el límite global de gasto, la regla fiscal, las disposiciones de empleo público y los recursos con destinos específicos.

La asignación de los recursos busca garantizar, en primer lugar, la continuidad de los servicios de justicia y cubrir gastos indispensables como remuneraciones, servicios públicos, seguridad, limpieza y alquileres. Posteriormente, se priorizan necesidades estratégicas como tecnología, investigación criminal, ciencias forenses, infraestructura, mantenimiento y seguridad.

5. ¿Cómo explica el Poder Judicial que una parte significativa del presupuesto se destine a remuneraciones y qué medidas existen para optimizar el uso de esos recursos?

Una proporción significativa del presupuesto se destina a remuneraciones debido a la naturaleza de los servicios que presta. La administración de justicia es una actividad intensiva en recursos humanos y depende del trabajo especializado de jueces, fiscales, defensores públicos, investigadores, peritos y personal técnico, profesional y administrativo. Históricamente, las remuneraciones representan más del 80 % del presupuesto, y la mayoría de las plazas está vinculada directamente con la administración de justicia, la investigación criminal, la persecución penal y la defensa pública.

Para optimizar los recursos, se mantienen medidas de contención y eficiencia, como el control de plazas vacantes, la revisión técnica de las necesidades de personal, la redistribución interna de recursos humanos y la priorización de nuevas plazas según carga de trabajo, riesgo institucional y disponibilidad presupuestaria.

6. ¿Qué ocurre con los recursos que no son ejecutados por el Poder Judicial?

Los recursos que al cierre del año quedan disponibles se liquidan y pasan a favor de Hacienda. La ejecución del presupuesto del Poder Judicial, en los últimos años, ha superado el 96 %.

7. ¿Por qué esos recursos se trasladan al Fideicomiso de Infraestructura y no se destinan a otras necesidades prioritarias de la institución?

Esos recursos no se trasladan al fideicomiso. Al liquidar el presupuesto, los saldos pasan a Hacienda. Durante el ejercicio presupuestario, el Poder Judicial realiza una revisión permanente de los saldos disponibles, producto de diferenciales cambiarios, contrataciones fallidas o servicios públicos que fueron presupuestados, pero finalmente no se concretaron.

Son estos recursos disponibles los que se trasladan al fideicomiso mediante modificaciones aprobadas por Hacienda. Los recursos destinados al fideicomiso forman parte de los recursos ejecutados por el Poder Judicial, pues se destinan al desarrollo de infraestructura judicial.

8 ¿Qué control y rendición de cuentas existen sobre los recursos administrados mediante el fideicomiso?

Los fondos del fideicomiso están sujetos a la fiscalización de la Contraloría. Asimismo, la Auditoría Interna realiza estudios sobre su gestión.

Además, los estados financieros son auditados anualmente por un despacho de contadores públicos. Para 2025, se obtuvo una opinión limpia, sin salvedades. Toda la información relacionada con el fideicomiso está publicada y es accesible.

9. ¿Cuál es el beneficio del fideicomiso y qué resultados ha generado?

Está conformado por 17 proyectos de infraestructura. A la fecha, se han adquirido tres terrenos, se ha concluido la construcción de dos edificios —la Torre Judicial y los Tribunales de Justicia de Puntarenas— y otros tres proyectos se encuentran en construcción.

Los edificios ya concluidos generan un ahorro superior a ₡2.000 millones anuales en alquileres. Una vez finalizados los Tribunales de Justicia de Cañas y Liberia y el edificio de la Sala Constitucional, se estima un ahorro adicional de más de ₡1.200 millones al año.

Recortes y bloqueos

El Poder Ejecutivo, a través de Hacienda, impulsa dos medidas distintas sobre el presupuesto del Poder Judicial: un recorte al presupuesto de 2026, actualmente en ejecución, y una reducción, acompañada del bloqueo de recursos, en el proyecto de presupuesto para 2027.

Presupuesto 2026

El 24 de junio de 2026, Hacienda solicitó al Poder Judicial una rebaja del 5 % del presupuesto vigente. Esto equivale a ₡27.076 millones.

Ante esta solicitud, la Corte Plena acordó, el 29 de junio, ceder ₡13.242 millones para contribuir a la sostenibilidad fiscal del país.

Sin embargo, se advirtió que la reducción pretendida tendría consecuencias en la prestación de servicios y en la lucha contra el crimen organizado.

Posteriormente, el 18 de agosto, Hacienda comunicó al Poder Judicial que realizaría un recorte de ₡23.721,8 millones. Alegó que ₡11.608 millones del monto inicialmente cedido por el Poder Judicial no formaban parte de la base utilizada para calcular la rebaja solicitada.

La Presidencia de la Corte presentó un recurso de revocatoria contra esta decisión, pero fue rechazado. También planteó un conflicto de presupuesto ante la Presidencia de la República, el cual fue declarado inadmisible.

El recorte deberá tramitarse mediante un presupuesto extraordinario ante la Asamblea Legislativa.

Presupuesto 2027

En el proyecto de presupuesto nacional 2027 se asignan al Poder Judicial ₡530.973,2 millones, un monto ₡10.542 millones menor que el de 2026.

Sin embargo, el principal impacto está en que ₡29.843,8 millones de esos recursos quedan sujetos a normas de ejecución presupuestaria, que establecen una serie de requisitos y trámites para que puedan ser efectivamente utilizados.

Entre estos requisitos se encuentran la presentación de estados financieros auditados del fideicomiso de infraestructura, certificaciones de la Contraloría, el conocimiento y aprobación de la Comisión de Control de Ingreso y Gasto Público, la aprobación del plenario legislativo y, finalmente, una orden a Hacienda para proceder con el desbloqueo de los recursos.

El procedimiento no establece un plazo para que los recursos queden disponibles. Además, aun cuando se cumplan las condiciones, su disponibilidad dependerá de decisiones y trámites que involucran a la Asamblea Legislativa y al Poder Ejecutivo.