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Viene regulación: Las diferencias entre la bicimoto y la “bici” con motor según el MOPT

Autoridades abogan por regulación ante proliferación en uso de vehículos

Por Pablo Rojas | 12 de Jul. 2023 | 12:18 pm

(CRHoy.com). El anuncio del Consejo de Seguridad Vial (Cosevi) sobre el plan para regular el uso de las bicimotos y las bicicletas adaptadas con motor tomó por sorpresa a algunos, mientras generó aceptación en otros.

La entidad alista un planteamiento que podría imponer o agregar requisitos para utilizar este tipo de vehículos en carretera.

Las bicimotos y las bicicletas con motor proliferaron en años recientes, en una mezcla originada por el auge de las aplicaciones de entregas a domicilio y el acceso económico para adquirirlas.

Uno de los posibles ajustes tendría que ver con la obligación de tener licencia para conducir bicicletas con motor. Actualmente, si este tipo de vehículos son pedaleables, no se requiere ningún tipo de permiso.

Un análisis legal realizado por el Cosevi años atrás consideró que las bicimotos en realidad son motocicletas de bajo cilindraje o potencia (vehículos de motor de menos de 50 cc o eléctricos de menos de 5 kilovatios).

"Las bicimotos sí necesitan licencia (de motocicleta), marchamo e inspección técnica. Las bicicletas con motor que conservan la capacidad de ser pedaleadas, no deben cumplir estos requisitos", indicó la cartera, mediante una publicación hecha este viernes.

Para la entidad, tener clara la diferencia entre bicimoto y bicicleta con motor permite tomar decisiones adecuadas de compra, para entender cuál necesita licencia y cuál no.

¿Cuáles son las diferencias entre bicimotos y bicicletas con motor? (Según la legislación vigente)

Bicicleta con motor. Tomado de: Vicesat/Captura de pantalla YouTube

Bicicleta con motor:

  • Vehículo de tracción humana, mediante pedales.
  • Sigue siendo bicicleta mientras se pueda pedalear.
  • No requiere licencia.
  • Ninguna bicicleta, aunque sea asistida por motor, está catalogada como una motocicleta.

Bicimoto. Foto tomada por Mari Parra/Facebook

Bicimoto:

  • Motocicleta con motor, no superior a 50 cc o a 5 kilovatios.
  • No tiene pedales.
  • Requiere licencia, marchamo y Revisión Técnica Vehicular (RTV).
  • Toda bicimoto es una motocicleta, por eso se requiere permiso para conducir.

Ante el incremento en el uso de estos vehículos, la entidad recordó una serie de medidas preventivas para evitar percances:

  • Usar un casco adecuado, ropa reflectante y luces en las noches, para hacerse visibles ante los ojos de otros actores viales.
  • No conducir por las aceras, no sujetarse a otros vehículos, no llevar menores de 3 años, en caso de que la bicicleta sea para más de un pasajero, y no utilizar rutas con velocidades permitidas superiores a los 80 km/h, son otras reglas que los ciclistas deben cumplir.
  • Se solicita a otros conductores respetar a los ciclistas y separarse al menos 1.5 metros de ellos, al rebasarlos.
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