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UCR deberá indemnizar a 7 estudiantes de Marina Civil tras condena de Tribunal

Jóvenes ingresaron a la carrera en 2012 con un plan de estudios que no podía cumplir la universidad

Por Rachell Matamoros | 29 de Feb. 2024 | 11:23 am

Sede del Caribe UCR; Limón.

La Universidad de Costa Rica (UCR) deberá indemnizar a 7 estudiantes de la carrera de Marina Civil en Limón tras ser condenada por el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda.

Según la resolución N°2024001180, la UCR dio a conocer la carrera en 2011, indicando falsamente el respaldo de la Universidad de Cádiz, donde se ofertaron tres énfasis o titulaciones: Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo, Ingeniería Marina e Ingeniería en Radioelectrónica, los cuales tendrían reconocimiento de la Organización Marítima Internacional (OMI).

De esa manera, los estudiantes se especializarían como capitanes, primeros y segundos oficiales, jefes de máquinas, operadores de radio.

Según el plan de estudios, la carrera se previó para culminar en cinco años, siendo el último año de práctica profesional en una embarcación que se prolongaría por un período de 6 a 12 meses de duración, al final del cual se podían embarcar como cadetes en buques mercantes mientras se les otorgaba el título correspondiente.

No obstante, los estudiantes se vieron engañados con dicho plan de estudio, por el cual no lograron culminar la carrera por la imposibilidad de finalizar la práctica profesional, debido a las irregularidades de la casa de enseñanza.

Los demandantes creyeron en las abundantes signos de seriedad y confiabilidad de la propuesta educativa, de modo que accedieron a su incorporación en la carrera, a pesar de que más adelante se percataron que fueron víctimas de un engaño público por parte de la UCR, que los impulsó y estímulo de manera razonable a matricularse, creándoles una expectativa de estudiar, culminar su carrera y realizar su práctica profesional en altamar, en un período de 5 años, tras los cuales obtendrían un título con reconocimiento internacional expedido tanto por la UCR como por la UCA (…)

Con su juventud, los actores llenaron de ilusiones su futuro, con deseos de incursionar profesionalmente en el mar, en los términos que le ofreció la Universidad que les dio ingreso. La tesis de la defensa de la demandada (la UCR), de que esa oferta no fue oficial, quedó totalmente desvirtuada con la prueba allegada a los autos", detalló el tribunal en dicha resolución.

La UCR detalló al Tribunal que con base en el convenio suscrito con la Universidad de Cádiz (UCA), dicho acuerdo no la contempla, resultando falso que la carrera se hubiera promocionado con base en una doble titulación sustentada en ese convenio.

Asimismo, la casa de enseñanza señaló en la resolución que las noticias sobre dicha promoción no eran oficiales de la UCR.

No obstante, el Tribunal logró demostrar, bajo publicaciones en medios y argumentaciones del mismo director de carrera para ese año, que la promoción de la carrera sí se estaba haciendo según lo demandado por los estudiantes.

La defensa de la UCR pretende desvirtuar el valor probatorio de esos elementos de cognición allegados a los autos, aduciendo que las publicaciones no se originaron de la Oficina de Asuntos Internacionales y Cooperación Externa de la institución, que a su criterio es la competente para hacer publicidad de este tipo.

Tal alegato no es de recibo, primeramente, porque de haberse consignado algún error en los medios de publicidad utilizados para dar a conocer la introducción de la nueva licenciatura, la Universidad hubiera tenido la oportunidad de enmendar el yerro publicitario, lo cual no ocurrió, detalla el Tribunal en la resolución.

Ante esto, la demanda fue declarada con lugar y la universidad deberá indemnizar a los 7 estudiantes afectados.

"Se declara sin lugar las defensas de falta de derecho y falta de legitimación ad causam pasiva. Se declara parcialmente con lugar la demanda. Se condena a la Universidad de Costa Rica al pago a favor de cada uno de los accionantes.  a) por concepto de daño material, deberá reintegrarles los gastos en que incurrieron por concepto de matrícula y créditos realizados durante todos los años universitarios en que cursaron la Licenciatura en Marina Civil (…)

b) por concepto de daño por chance frustrado, deberá la UCR pagar 24 meses de salario a favor de cada uno de los demandantes. c) por concepto de daño moral, se condena a la UCR a pagar la suma de 10.000.000 de colones a favor de cada uno de los demandantes", concluye el por tanto.

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