Uber: Gobierno dice que no puede referirse a existencia de relación laboral para los otros choferes
Ministro de Trabajo y mandatario apuntan que fallo responde a caso concreto
(CRHoy.com). Andrés Romero Rodríguez, ministro de Trabajo y Seguridad Social, anunció que la cartera no puede referirse a si existe relación laboral entre la empresa Uber y los conductores que brindan servicios de transporte privado de pasajeros a través de la plataforma.
El anuncio surge tras el reclamo legal de un conductor de apellidos Morales Miranda, quien alegó el pago de extremos laborales, tras ofrecer servicios de transporte privado a través de la aplicación entre febrero de 2017 y diciembre de 2022.
Este lunes 27 de marzo el Juzgado Penal de Trabajo sentenció a las empresas Portier Costa Rica, Uber Costa Rica Center Of Excellence (COE) y Club de Colaboración para la Autosatisfacción de Necesidades de Movilidad en Común S. A., conglomerado que representa a la plataforma de transporte Uber, a cumplir las obligaciones (vacaciones, aguinaldo y seguridad social) con el chofe al considerar la existencia de una relación laboral entre las partes.
"Es un caso puntual, particular. En esta sentencia la persona jueza hace una valoración de ciertos elementos que tiene que ver con la resolución laboral, pero son estrictamente para este caso particular. Esto quiere decir que el ministerio no puede, con este caso particular, referirse a si existe, o no, relación laboral. Dándole el espacio, obviamente a los Tribunales de Justicia de manera muy respetuosa", citó Romero.
La postura del ministro fue acuerpada por Rodrigo Chaves, presidente de la República, quien anunció que el proyecto del Poder Ejecutivo para regular las plataformas de transporte de pasajeros será presentado en mayo a la Asamblea Legislativa.
"Hace referencia a un caso particular, no existen elementos que digan que es a la generalidad de las personas que se dedican a eso. El gobierno ha estado negociando con los taxistas, los choferes de las plataformas y las plataformas, un proyecto de ley que estaría listo en mayo", comentó Chaves.
El martes 28 de marzo, Uber aseguró que la sentencia no cataloga como "fraudulento o ilegítimo" el modelo de operación que ha instaurado en el país desde agosto de 2015.
"Somos respetuosos de las autoridades de cada país en el que la app está disponible. La sentencia reciente declara parcialmente con lugar una demanda planteada por una persona que aduce haber sido trabajador de la plataforma. Pero debemos aclarar que esta sentencia no cataloga como fraudulento o ilegítimo el modelo de operación de Uber, ni aplica para todos las personas que prestan servicios independientes de transporte como socios colaboradores", puntualizó la empresa.
Uber acotó que la sentencia es de primera instancia y no tiene carácter definitivo. "Estaremos presentando un recurso de apelación ante el Tribunal correspondiente para que valore la fundamentación legal de la sentencia", citó.
Según Uber, en todo caso, "lo que se dicte en este proceso aplicaría solo para el caso particular de esta persona".
David Delgado, abogado que representó al ofendido, indicó el martes que la resolución establece que sí existió una relación laboral con la empresa.
Por ejemplo, el juzgado determinó absolutamente que hubo una relación de trabajo entre el chofer y la plataforma tecnológica Uber y en ese sentido nosotros celebramos esta decisión porque consideramos que Uber va a estar en igualdad de condiciones con otras empresas aquí en Costa Rica", indicó Delgado a este medio.
"Esto es un precedente regional para poder avanzar en el uso de tecnologías que respeten los derechos de las personas y particularmente los derechos laborales. Nuestro propósito no es que la empresa se vaya del país, sino que respete los derechos laborales como lo hacen el resto de las empresas en nuestro país", indicó Delgado.
Dentro de las obligaciones que se le ordenó al conglomerado, estos deberán pagar vacaciones, aguinaldo, seguridad social, Invalidez, Vehez y Muerte (IVM), Fondo de Capitalización Laboral (FCL), ROPC y Seguro de Riesgos del Trabajo al ofendido, perjuicio económico que, según trascendió, supera los 2 millones de colones.
El juicio que desencadenó la sentencia se llevó a cabo a inicios de este mes.