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TSE consulta ante Sala IV segundo proyecto jaguar del Gobierno

Específicamente consulta los artículos 2, 4 y 5 del texto

Por Carlos Mora | 9 de Ago. 2024 | 2:00 pm

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) comunicó que este viernes en la tarde presentó ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, más conocida como Sala IV, una consulta de constitucionalidad sobre el segundo proyecto de ley jaguar,  impulsado por el Poder Ejecutivo.

Por medio de un comunicado oficial, el TSE señaló que la consulta se realiza para que se revise si el texto que se pretende someter a consulta popular "es conforme o no con la Constitución Política".

El órgano electoral consultó a la Sala específicamente sobre los artículos 2, 4 y 5 del texto.

Añadió que si bien el TSE comunicó la tarde del pasado 29 de julio, tras darse a conocer el por tanto de lo resuelto por la Sala Constitucional sobre su consulta de la primera versión del texto, que esperaría la redacción integral de esa sentencia y el informe de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa para pronunciarse, esa espera perdió su razón de ser al día siguiente al presentarse solicitudes de los gestores de la iniciativa ante el TSE (Alberto Cabezas Villalobos y Edgar Espinoza Rodríguez) de retirar ese proyecto y sustituirlo por su nueva versión.

"Las disposiciones no incluidas en la primera consulta y sí en esta segunda, se fundamentan en los nuevos elementos técnicos con que ahora cuenta el TSE para fundamentarlas, incluida la consulta formulada por la Contraloría General de la República (órgano constitucional responsable de la fiscalización de la hacienda pública) ante la Sala Constitucional, con el fin de disponer de seguridad jurídica respecto de la constitucionalidad del texto que se pretende someter a referéndum", señaló el TSE.

Asimismo, en horas de la mañana, el TSE envió el texto del proyecto a la Asamblea Legislativa, para que sea evaluado desde el punto de vista formal por el Departamento de Servicios Técnicos, conforme lo manda el inciso c) del artículo 6 de la Ley de Regulación del Referéndum.

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