Tránsito avisa que multa por transporte indebido de carga supera los ₡110 mil
Eventual traslado de artículos o mercancías no debe tapar luces ni placas
CRHoy.com).-La Policía de Tránsito y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) lanzaron un recordatorio a los choferes que suelen desafiar las leyes al trasladar carga de manera inadecuada.
Portar sillones, sillas, mesas o camas en el techo está prohibido y se sanciona con más de ₡110 mil.
El ministerio hizo una publicación en Facebook, en la que mostró un automóvil pequeño movilizando un juego de sillones en Santo Domingo de Heredia.
También, en julio pasado, la Policía Municipal de San José aplicó el mismo castigo a un conductor que transportaba un colchón en el techo.
Según la Policía de Tránsito, se deben cumplir con las siguientes disposiciones al llevar algún tipo de carga:
- No sobrecargue de objetos su vehículo, puede generar inestabilidad.
- Lleve bien sujeta la carga.
- No tape las luces ni la placa del vehículo.
- No obstruya la visibilidad por los retrovisores.
- No lleve cargas que se salgan demasiado, en especial a los lados.
¿Qué dice la Ley de Tránsito?
- ARTÍCULO 146.- Multa categoría D
- i) Al conductor que infrinja las prohibiciones para la circulación de vehículos establecidas en el artículo 122 de la presente ley, siempre que no exista una sanción superior distinta.
- ARTÍCULO 122.- Prohibiciones para la circulación de vehículos
No podrán circular vehículos:
a) Que cuenten en su estructura, carrocería, llantas, aros, aditamentos o elementos punzocortantes que constituyan un ángulo vivo o una protuberancia peligrosa