¿Tiene un dron? Tome en cuenta estas prohibiciones
Alrededor de 532 personas cuentan con licencia para operar un dron.
(CRHoy.com) En los últimos años ha habido cada vez más personas que adquieren drones para captar imágenes de paisajes o para otros usos, no obstante, puede causar problemas en cuanto a la seguridad de personas, así como de los aviones.
AERIS, gestor del Aeropuerto Juan Santamaría, y la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) recordaron a los usuarios de los drones a que tomen en cuenta algunas prohibiciones cuando quieren captar imágenes de los aeropuertos desde el aire, de esta forma prevenir cualquier grave incidente con los aviones que despegan y aterrizan al aeropuerto.
"Parte de ser un gestor responsable radica en realizar una labor preventiva, informativa y de sensibilización; si bien nos enorgullece garantizar que no se ha reportado algún incidente con un dron que haya tenido implicaciones contra la seguridad operacional, somos conocedores de la popularidad que estos dispositivos han tomado y de que el vuelo de uno cerca de la terminal aérea puede provocar atrasos o cancelaciones de vuelos, incluso, hasta accidentes si no se atienden con precisión", dijo Ricardo Hernández, director general de AERIS.
Según el reporte, actualmente hay 532 personas que cuentan con la licencia para pilotear los drones.
No obstante, los dueños de estos drones deben tomar en cuenta algunas restricciones que se señalan en la Circular Aeronáutica AIC (CC 06 15) sobre las Restricciones y Limitaciones de Operación de Vehículos Aéreos no Tripulados y Sistemas de Aeronaves Piloteadas a Distancia, publicada por la DGAC.
- No se puede operar un dron dentro de un radio de 8 km alrededor de un aeródromo.
- No se puede volar por encima de los 400 pies, es decir, más de 120 metros sobre el nivel de un terreno en el espacio aéreo no controlado.
- No debe estar lo suficientemente cerca de otra aeronave, ya que podría provocar una colisión.
- No se puede volar en zonas aglomeradas de edificios, en ciudades, pueblos o lugares habitados, reuniones de personas al aire libre, entre otros.
- Volar de día y en condiciones meteorológicas visibles.
AERIS y DGAC señalaron que si una persona incumple alguna de estas reglas, se expone a una sanción de 1 a 20 salarios mínimos según la gravedad de los hechos.