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Declaran parcialmente con lugar recurso de objeción a licitación para redes 5G

Por Erick Murillo | 17 de Oct. 2024 | 8:53 pm

Mediante la resolución R-DCP-00061-2024 de la tarde de este jueves, la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República (CGR), declaró parcialmente con lugar el recurso de objeción interpuesto por el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) en contra del pliego de condiciones de la Licitación Mayor por etapas No. 2024LY-000001-SUTEL.

Se trata del proceso promovido por la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) para la "concesión de uso y explotación de espectro radioeléctrico para la prestación de servicios de telecomunicaciones mediante la implementación de sistemas de Telecomunicaciones Móviles Internacionales (IMT), incluyendo 5G".

El recurso de objeción fue declarado parcialmente con lugar en los siguientes términos:

  • Modificación de los polígonos de cobertura: El ICE solicitó correcciones respecto a los polígonos de cobertura que presentaban nombres e identificaciones duplicadas, aunque correspondían a áreas distintas. La Sutel reconoció que existían cinco registros etiquetados con el mismo nombre, pero pertenecían a áreas diferentes. Dado que esta aclaración se hizo después de la presentación del recurso, la Contraloría General de la República resolvió que la Sutel debía proceder a realizar la modificación respectiva en el pliego de condiciones para evitar futuras confusiones.
  • Aclaración sobre las tablas de especificaciones: Se resolvió que la Administración debía detallar claramente los registros en las tablas que contenían especificaciones técnicas, asegurándose de que los nombres asignados a las áreas fueran diferenciables, en atención a los principios de transparencia y trato igualitario para todos los interesados.

En estos puntos específicos, la CGR aceptó las objeciones del ICE y ordenó que se realizaran las modificaciones correspondientes en el pliego de condiciones.

La CGR analizó las objeciones del ICE, que se centraban en aspectos como los límites de concentración de espectro, restricciones a la participación y presuntas inconsistencias en las reglas de la subasta.

Por su parte, el ICE sostenía que las limitaciones impuestas por los términos de la licitación, específicamente las relacionadas con la concentración del espectro, restringirían su capacidad para participar y desarrollar una red 5G.

Sin embargo, la CGR rechazó la mayoría de los argumentos del ICE, señalando la falta de evidencia y justificación adecuada en relación con los impactos alegados sobre la competencia, la inversión y la innovación.

Aspectos clave

Otros aspectos clave del análisis también incluyen:

Controles de concentración de espectro: El documento aborda las afirmaciones del ICE sobre los límites de concentración de espectro establecidos por Sutel. El ICE argumentaba que estas restricciones podrían limitar la competencia, aumentar la concentración del mercado y afectar negativamente el despliegue de la red 5G.

Sin embargo, la CGR concluyó que el ICE no demostró de manera suficiente cómo estos límites impedirían su participación injustificadamente o dificultarían su capacidad para desarrollar la red 5G.

Justificaciones políticas y regulatorias: La CGR señala que el enfoque de Sutel respecto a la asignación de espectro, incluidos los límites de concentración, se basa en buenas prácticas internacionales y busca promover la competencia al asegurar que nuevos operadores puedan entrar en el mercado.

La CGR también explica que las reglas de la licitación están alineadas con las políticas nacionales de telecomunicaciones, como la eficiencia en el uso del espectro y la promoción de una competencia equitativa.

Falta de evidencia suficiente: Un tema recurrente en la decisión es la falta de pruebas o justificaciones técnicas por parte del ICE para respaldar sus objeciones. Por ejemplo, el ICE no demostró cómo la asignación de espectro existente sería insuficiente para su red 5G, ni proporcionó pruebas de limitaciones concretas derivadas de los términos de la licitación.

Procedimiento y consulta pública: El ICE también objetaba la falta de consulta pública sobre ciertas modificaciones de la licitación. No obstante, la CGR aclaró que las modificaciones impugnadas eran de carácter técnico y preparatorio, por lo que no requerían consulta pública según el marco legal aplicable.

En resumen, la CGR rechazó en gran parte las objeciones del ICE debido a la falta de fundamentación adecuada, destacando que los términos de la licitación estaban diseñados para fomentar la competencia y el uso eficiente del espectro en línea con los objetivos de política pública.

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