Suspenden a juez que dictó mal 14 fallos sobre pensiones alimentarias
Funcionario dictaba fallos incomprensibles y en un caso agregó extractos en latín
Resoluciones confusas, incomprensibles y –algunas- fundamentadas en hechos no probados fueron parte de los motivos por los que un juez del Juzgado de Pensiones Alimentarias de Desamparados fue suspendido por espacio de 5 días y sin goce salarial.
El Tribunal de la Inspección Judicial determinó que en mayo de 2017, el juez -de apellido Alpízar- dictó en mala forma 14 sentencias ligadas a procesos de pensiones alimentarias.
Los trámites iban desde rebajos hasta aumentos en los montos de pensión.
Entre las contradicciones detectadas por la investigación administrativa se determinó que el juez resolvió casos de esta materia como si se trataran de procesos de divorcio.
De igual manera, redactaba sentencias extensas. Sin embargo eran tan confusas que no analizaban los temas de fondo y –en al menos un caso- se introdujeron textos en latín provocando confusiones entre las partes involucradas.
En uno de los casos, un hombre enfermo de cáncer pidió un rebajo del monto de la pensión alimentaria que tenía que pagar por uno de sus hijos. Eso lo planteó en virtud de su condición de salud y por una aparente disminución en la capacidad laboral producto de la enfermedad.
Lejos de ello, el juez aceptó un reclamo de la madre del menor, quien planteó una supuesta mejora económica en la condición del hombre y terminó por elevar el monto a pagar. La resolución fue tan contradictoria que no supo fundamentar ni uno ni otro reclamo de las partes.
Denuncias
Las 14 sentencias mal dictadas fueron anuladas por el Juzgado de Familia de Desamparados, órgano que trasladó el caso a la Inspección Judicial. Ahí se acumularon varias investigaciones contra el funcionario por casos similares.
“A la autoridad judicial de primera instancia le han sido anuladas varias sentencias por indefensiones insalvables como las descritas en este fallo y se le ha llamado la atención por hacer sentencias extensas sin fundamento atinente al caso concreto así como por el uso de expresiones en Latín que ninguna de las partes está obligada a conocer ni entender.
“La justicia para las personas debe ser comprensible y las sentencias deben estar redactadas de tal forma que las comprenda hasta quien no es profesional en derecho”, cita uno de los regaños planteados al juez por el Juzgado de Familia de Desamparados, tras analizar una sentencia mal fundamentada.
La causa administrativa contra Alpízar se abrió el 12 de julio del año pasado y el 31 de mayo de 2018 el Tribunal de la Inspección Judicial determinó necesario imponer sanción grave para el funcionario.
La falta estuvo fundamentada en “el incumplimiento de los deberes propios del cargo de un juez, al dictar sentencias que no son claras, precisas o congruentes”.
La representación legal del juez apeló la sanción y manifestó la existencia de las siguientes falencias en el proceso: falta de fundamentación sobre el alegato de nulidad del traslado de cargos y sobre la analítica respecto a los alegatos de la defensa técnica y material; una errónea fundamentación analítica respecto al quebranto al principio de independencia judicial y la errónea fundamentación respecto a la sanción aplicada. Por ello, solicitó la aplicación de una sanción mínima.
La apelación, conocida y resuelta por el Consejo Superior del Poder Judicial en la sesión del 27 de setiembre anterior, fue rechazada.
"(…) las falencias en las que incurrió el encausado y que motivaron la anulación de las sentencias, efectivamente encuadran dentro de la falta de incumplimiento en los deberes propios del cargo. Esa actuación ha provocado un atraso significativo en el trámite de esos procesos de pensiones alimentarias, los cuales valga mencionar corresponden a una materia sumamente sensible a nivel social, lo que debe ser considerado como tal por las personas juzgadoras al momento de resolver cualquier gestión", resolvió ese órgano judicial.
La sanción contra el juez debía cumplirse en el plazo de un mes, una vez que fuera comunicado formalmente el acuerdo tomado por el Consejo Superior. Incluso, se dejó abierta la posibilidad de que el funcionario acudiera a un centro de apoyo para fortalecer la función jurisdiccional.