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Si va a adquirir una deuda, pregunte por el seguro

Por Tatiana Gutiérrez | 7 de Nov. 2016 | 6:59 am
Revise los seguros de sus deudas. CRH.

Revise los seguros de sus deudas. CRH.

Muchas personas en este momento están pensando en adquirir una deuda ya sea prendaria o hipotecaria y adquieren seguros, pero en la mayoría de los casos existen dudas sobre cómo operan y para qué sirven.

Willy Carvajal, director de la Oficina del Consumidor Financiero (OCF), manifestó que existe un gran número de aspectos importantes que se deben tomar en cuenta a la hora de firmar un contrato de seguro, tanto de servicios financieros como el aseguramiento de cualquier bien.

“Es usual que los contratos establezcan un “período de carencia”. Esto significa que a pesar de que se pague la mensualidad, durante unos meses (que generalmente van desde los 3 a 6 meses), el seguro no aplica”, explicó.

El contrato de seguro permite que por el pago de un precio (prima) se brinde cobertura a un determinado riesgo.

No obstante, es importante tener presente que las aseguradoras definen “exclusiones”, es decir, determinadas situaciones que no quedan protegidas por la cobertura de la póliza, por esta razón, recomendamos que antes de firmar un seguro, consulte sobre cuáles situaciones (o riesgos) no quedan cubiertos.

Por ejemplo, si el día de hoy un consumidor contrata una tarjeta de crédito y un seguro de desempleo que tiene un período de carencia de seis meses, a pesar de haber realizado todos los pagos al día, si al cuarto mes es despedido con responsabilidad patronal, el seguro no aplica por no haber transcurrido el plazo de los seis meses. Por este motivo, nuevamente se recomienda informarse si existe un período de carencia antes de firmar el contrato.

El consumidor de seguros tiene una serie de derechos, entre ellos,  libertad de elección entre aseguradoras, por lo cual, ninguna entidad lo puede obligar a suscribir una póliza con una determinada aseguradora; obtención de información adecuada, completa y veraz, antes y después de la contratación, por lo que,  la entidad aseguradora puede ser responsable en caso de haber omitido entregarle información relevante.

En caso de tener un reclamo contra un ente asegurador puede acudir directamente a la Superintendencia General de Seguros (Sugese) ubicada frente a la facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica; al Centro de Defensa del Asegurado (CDA) y al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).

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