Servicios transfronterizos: ¿Qué son y por qué tendrán que pagar 13% del IVA?
Usuarios de Uber, Netflix o Spotify tendrán que pagar tributo bajo esta figura
(CRHoy.com).-Suena como algo muy tecnológico, pero pocos lo tienen en el mapa. Las palabras 'servicios transfronterizos' no están en el radar de muchos y lo cierto es que en las próximas semanas comenzarán a impactar los bolsillos de los ticos.
En esa categoría las autoridades tributarias incluyen plataformas como Uber, Spotify, YouTube Premium, Airbnb, Netflix u otros servicios de streaming. Todas ellas, junto con otros sistemas virtuales ampliamente usados en el planeta, serán objeto del cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que entrará a regir el 1º de agosto por los servicios que se brinden o consuman en el país.
Así está contemplado en el plan fiscal –Ley N.9635- que estipula que serán objeto de cobro del impuesto los servicios digitales o de telecomunicaciones, de radio y de televisión que se presten en el territorio nacional independientemente del medio o la plataforma tecnológica por medio del cual se preste dicho servicio.
El consumo de estas plataformas localizadas fuera del país toma en cuenta 2 normas: el IVA en la importación de servicios y la definición contenida en el Artículo 30 de la ley (transacciones transfronterizas de carácter digital, cuando un extranjero pone a disposición del consumidor local el acceso a un contenido a través de una plataforma digital).
La Dirección General de Tributación Directa del Ministerio de Hacienda confirmó, mediante un oficio remitido el 17 de mayo a un grupo de taxistas, que el 13% del IVA se cobrará a los usuarios de Uber en el país y "serán los agentes bancarios emisores de las tarjetas costarricenses quienes fungirán como agentes de percepción del impuesto". Es decir, cuando se ejecute una transacción de este tipo, el banco deberá retener el tributo y lo entregará a las autoridades fiscales.
Mario Hidalgo, gerente de impuestos y legal de la consultora Grant Thornton Costa Rica, explicó que la ley procura cobrar el impuesto a un servicio que se consume en el territorio nacional sin distinción de la ubicación de origen de la plataforma o el proveedor del servicio.
"Ellos (por orden de autoridades tributarias) lo que hacen es cargar a la tarjeta (de crédito o débito) que se usa para suscribirse y hacen un cargo mensual, trimestral o semestral dependiendo de las condiciones de pago seleccionados. La idea es que cada vez que los proveedores de contenido hagan un cargo a nuestra tarjeta, el emisor tendrá instrucciones de practicar una retención del 13%, que es la tarifa del IVA del servicio que se está pagando", explicó Hidalgo.
Hay pendientes
El especialista planteó una de las inquietudes con este rubro, pues cree que la mecánica para concretar el cobro podría tener vacíos que deberán ser resueltos por los emisores de las tarjetas (bancos o entidades financieras).
"Les cuesta mucho discriminar en tiempo real cuál es el proveedor que está haciendo este cargo. Ellos dicen que no tienen las herramientas o las tecnologías para discriminar. Podría estarse haciendo un cargo a la tarjeta de manera indiscriminada por servicios que son locales o que se trate de compras que haga el usuario con la tarjeta", recalcó Hidalgo.
También queda la duda de cómo se cobrará este gravamen por ejemplo a Uber en caso de que el cliente pague en efectivo, lo cual permite el sistema de transporte.
La ley establece un transitorio que señala que se suspende la aplicación del IVA hasta que no se emita una resolución de carácter especial que precisará ciertos detalles sobre el cobro del impuesto.
"Existe el reto tecnológico para los emisores de tarjetas, porque ellos serían los llamados a ejecutar el impuesto. En otros países, existen varias metodologías y la más usada es que se levante una lista de proveedores ante el Ministerio de Hacienda, en la cual yo me inscribo. Ese proveedor es comunicado a los adquirentes o emisores de tarjetas y que cuando ellos hagan un cobro se proceda con el 13%. Se identifica una clave o un código, en la cual el emisor de la tarjeta esté en la posibilidad de aplicar la retención sin que se haga de manera indiscriminada", recalcó el especialista.
Gilbert Ureña, representante del Foro Nacional de Taxistas, indicó que el IVA regula servicios y plataformas, pero creen que sí el Ministerio de Hacienda cobra el 13% a los servicios de Uber cometerían una anomalía debido a que se trata de una plataforma ilegal en el país.
"Si Hacienda cobra el IVA a servicios ilegales como Uber, 48 horas después estará presentada la demanda contra la ministra de Hacienda (Rocío Aguilar) y el director de Tributación Directa (Carlos Vargas) ante la Fiscalía por permitir recaudar impuestos en un servicio ilegal", manifestó el dirigente del gremio.
El 23 de abril –durante una comparecencia ante la Asamblea Legislativa- representantes de la compañía confirmaron que a partir de junio se comenzaría a cobrar el impuesto en cada uno de los viajes según lo estipulado en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (plan fiscal).