Secretario del PLN promueve endurecer criterios éticos para elecciones municipales
(CRHoy.com) El Secretario General del Partido Liberación Nacional (PLN) Miguel Guillén promueve una moción para endurecer los criterios éticos de los candidatos a las elecciones municipales del 2024.
Dicha moción será conocida el próximo sábado 13 de febrero, en la Asamblea Nacional del partido, donde además se conocerá una reforma al estatuto para eliminar el requisito de dos años de militancia para participar en el proceso electoral.
Guillén explicó a CRHoy.com que presentará los cambios al Directorio Político del partido este miércoles y que espera que la moción sea aprobada por unanimidad.
"Esta moción por ejemplo, trata sobre nepotismo, y la asume como una práctica que debe erradicarse, frente a eso, en este mismo acuerdo que defiendo, e incluido la obligación del Secretario General de promover que lo ahí estipulado, una vez aprobado, se incorpore al Estatuto del PLN", señaló Guillén.
El verdiblanco señaló que el nepotismo socava el principio de meritocracia, la equidad e igualdad de oportunidades, la transparencia, también el principio de servir al interés público y daña la imparcialidad e integridad.
"Liberación Nacional debe resurgir renovando su compromiso con principios éticos claros, colocando el interés del país por sobre los intereses personales. Para esto, debe permitirse que surjan nuevos liderazgos, que los ex candidatos no aspiren de nuevo a la presidencia y más bien, desde su experiencia y capacidad, impulsen un cambio real, pero ya no como candidatos", agregó.
Cambios
Estos son los cambios que se proponen para el proceso de escogencia y ratificación de las candidaturas a elección popular municipal:
- En relación con el nepotismo. Ninguna de nuestras personas candidatas para alguno de los puestos a elegir, dentro del próximo proceso de elección de autoridades municipales, podrá estar ligada por parentesco de consanguinidad o afinidad en línea directa o colateral, hasta el segundo grado inclusive, con la persona que ocupe actualmente el cargo al que aspira sustituir.
- La misma disposición aplicará para las suplencias correspondientes. Tampoco podrán ser candidatos si hay parentesco de consanguinidad o afinidad en línea directa o colateral, hasta el segundo grado, entre los actuales alcaldes o alcaldesas y quienes deseen aspirar al cargo de vicealcaldes o vicealcaldesas.
- Asimismo, las candidaturas a la alcaldía y a las vicealcaldías, no podrán tener parentesco o afinidad directa o colateral, hasta el segundo grado inclusive entre sí.
- Elegir a las mejores personas. Los delegados (as) de los órganos consultivos cantonales están obligados a elegir a aquellas personas en quienes se reflejen con rigurosidad los más altos criterios de idoneidad e integridad moral. No deben elegir a personas que tengan cuestionamientos éticos o jurisdiccionales justificados.
Prohibiciones éticas
Las personas electas en candidaturas liberacionistas en las elecciones municipales de febrero del 2024 deberán comprometerse a cumplir las siguientes prohibiciones éticas:
- Legislar o actuar en beneficio propio o de sus familiares.
- Solicitar o recibir, de manera directa o por interpósita mano, beneficios originados en contratos, concesiones o franquicias que celebre u otorgue la Municipalidad. Esta prohibición alcanza a cónyuges o convivientes y familiares hasta el segundo grado sanguíneo o colateral.
- Solicitar o recibir dádiva, retribución o ventaja a cambio de realizar u omitir cualquier acto que beneficie a un familiar o un tercero, o hacer valer ante otro funcionario la influencia derivada de su cargo.
- Participar en la toma de decisiones sobre aumentos de salarios que les beneficien, salvo cuando las leyes y reglamentos les impongan responsabilidades en la fijación indicadas.
- Hacer uso de los vehículos de la Municipalidad en actividades no autorizadas previamente por quien le corresponde en jerarquía.
- Utilizar abusivamente recursos públicos para la promoción política personal o del Partido Liberación Nacional.
- Usar el poder oficial o la influencia que surja de su cargo, para conferir o procurar servicios especiales o cualquier otro beneficio que implique un privilegio personal o para algún familiar hasta el segundo grado o socios en actividades empresariales; medie o no remuneración.
- Nombrar en cargos de asesores, asistentes, secretarias, choferes, consultores externos y cualquier otro, a sus respectivos cónyuges o convivientes, ascendientes o descendientes. Esta prohibición alcanza a cónyuges o convivientes y familiares hasta el segundo grado sanguíneo o colateral
- Usar el título oficial, los distintivos, papelería o el prestigio de la Municipalidad para asuntos personales o privados.
- Hacer uso indebido de los servicios del personal subalterno, así como los servicios que presta la Municipalidad, para beneficio propio o de sus familiares hasta el segundo grado, y socios en actividades empresariales o profesionales.
- Participar en transacciones financieras o de servicios, utilizando información adquirida debido a su cargo en la Municipalidad.
- Dirigir o representar, administrar, patrocinar o prestar servicios remunerados o no, a personas o empresas que gestionen o exploten concesiones Municipales o que fueren proveedores o contratistas de la institución.
- Discriminar por razones de orientación sexual, etnia, género, identidad de género, condición socioeconómica, discapacidad, nacionalidad, religión o edad, en el trato o la prestación de un servicio público que preste la Municipalidad.
- Hostigar o acosar al personal y al público al que preste servicios la Municipalidad.
- Participar en cualquier proceso de toma de decisión, incluso en fases preliminares, en el que su vinculación con actividades propias de la Municipalidad, pueda comprometer su criterio o su voto en una deliberación posterior. Lo mismo cuando en esas actividades estén involucrados familiares hasta el segundo grado o socios en actividades empresariales o profesionales.
- Participar en decisiones municipales cuando, en las mismas, exista violencia moral, presiones económicas o grupos sociales y de interés, en que las mismas atenten contra el principio de imparcialidad y de bien común, que debe privar en todas las decisiones de la Municipalidad.
La Asamblea Nacional del PLN se realizará a partir de las 9:00 a.m. en el Hotel Double Tree by Hilton Cariari.