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Sala IV rechazó 2 acciones contra ley que limita reelección indefinida de alcaldes

Acciones de inconstitucionalidad se tramitaron bajos los expedientes 22-14821-0007-CO y 22-015516-0007-CO

Por Andrey Villegas | 12 de Abr. 2023 | 4:44 pm

(CRHoy.com).-La Sala Constitucional declaró sin lugar 2 acciones de inconstitucionalidad acumuladas en contra del artículo único de la Ley N° 10183, también llamada Ley que limita la reelección indefinida de Autoridades Locales.

Dicha ley reforma el artículo 14 del Código Municipal. 

Artículo 14 (…) Las alcaldesas o los alcaldes podrán ser reelegidos de manera continua por una única vez. No podrán ocupar ningún cargo de elección popular del régimen municipal, hasta tanto no hayan transcurrido dos períodos desde que finalizó su segundo período consecutivo.

Los vicealcaldes y las vicealcaldesas también podrán ser reelegidos de forma continua por una única vez y no podrán ocupar el mismo cargo ni el de regidores o síndicos, hasta tanto no hayan trascurrido dos períodos desde que finalizó su segundo período consecutivo. (…)

Estas acciones de inconstitucionalidad se tramitaron bajos los expedientes 22-14821-0007-CO y 22-015516-0007-CO y ambas fueron declaradas sin lugar en la resolución N° 20238157.

"El magistrado Cruz Castro salva el voto y declara con lugar las acciones interpuestas. La magistrada Garro Vargas salva el voto y declara con lugar la acción de inconstitucionalidad en atención a que existe identidad en el objeto impugnado de la presente acción y la resuelta en la sentencia n.°2022-029648.

En esta determinó que existió un vicio esencial de procedimiento que invalidó la aprobación de la ley n.°10183 del 5 de abril de 2022, por infracción a lo dispuesto en el artículo 97 en relación con el artículo 102 inciso 3), ambos de la Constitución Política. Tanto como en aquella ocasión, la magistrada Garro Vargas omite pronunciamiento respecto de los agravios por el fondo", indicó la resolución de la Sala Constitucional.

Esta no es la primera vez que ocurre, ya que el 14 de diciembre del año anterior, la Sala IV avaló la ley que elimina la reelección perpetua de alcaldes y declaró sin lugar las acciones de inconstitucionalidad por la alegada violación a los artículos 97 y 172 párrafos segundo de la Constitución Política.

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