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Sala IV rebaja pensiones de los expresidentes

Acción fue presentada por el abogado Raúl Muñoz, con el respaldo del exdiputado Otto Guevara

Por Bharley Quiros | 28 de Jun. 2024 | 12:56 pm

CRH.

Los magistrados de la Sala Constitucional por mayoría anularon el artículo 29 de la Ley 7108, un presupuesto extraordinario de 1988, donde los diputados de aquel entonces acordaron equipar el monto de pensión de los expresidentes de la República, al salario de los legisladores.

Se trata de una acción de inconstitucionalidad resuelta el pasado 10 de enero, según el expediente 23-005771-007-CO. Y que fue notificada a los proponentes el pasado 17 de junio.

La acción fue interpuesta por el abogado Raúl Muñoz, en marzo del 2023, y contó con el respaldo técnico del exdiputado Otto Guevara.

Muñoz explicó a CRHoy.com que él siempre se opuso a que los expresidentes recibieran pensiones millonarias, a la que nunca cotizaron.

“Siempre se alegó que eso era un derecho adquirido y mi criterio es que no”, indicó.

Para el abogado, lo aprobado por los legisladores en el primer gobierno de Óscar Arias, fue una norma atípica.

“Los expresidentes, sin cotizar, estaban recibiendo una pensión equiparada al monto de ingreso de los diputados, y además recibiéndolo al 100%. Esto era un sangrado importante del dinero público, que además es injusto para todos”, comentó Muñoz.

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Antes de esa modificación, las pensiones de los expresidentes rondaban los ¢600 mil. Pero al aprobar esta equiparación, el monto de la jubilación pasó a cifras millonarias.

Para darse una idea, el monto del salario bruto de un legislador (que se calcula entre asistencia a comisiones y plenario, más gastos fijos de representación) ronda los ¢4 millones.

A eso hay que restarle las cargas sociales y de impuestos, lo que les deja un salario neto de poco más de ¢3 millones.

En el caso de las pensiones de los expresidentes, al sumar otros insumos, estas rondan los ¢4 millones.

Son pensiones a la cual ningún exmandatario cotizó.

Actualmente, son 10 personas las que se benefician de las pensiones a los expresidentes.

La jubilación de ¢4 millones mensuales la disfrutan los 7 expresidentes que están con vida, Óscar Arias, José María Figueres, Rafael Ángel Calderón, Abel Pacheco, Miguel Ángel Rodríguez, Laura Chinchilla y Luis Guillermo Solís.

En el caso del expresidente Carlos Alvarado, este renunció a su pensión y el monto pasa a las arcas del Estado.

Pero además 2 ex primeras damas y una hija de un expresidente reciben la pensión de sobrevivencia.

El pago anual, incluido aguinaldo y cargas sociales de cada pensión de los expresidentes, le cuesta al Estado ¢56 millones, cada uno, es decir, en total son ¢560 millones por año.

Resolución

Esto dice el "por tanto", de la sentencia:

Por mayoría, se declara con lugar la acción. En consecuencia, se anula por inconstitucional el artículo 29 de la Ley N°7108, “Ley de Presupuesto Extraordinario del 08 de noviembre de 1988, que dispone: “Art. 29.- El monto de las pensiones de los señores ex Presidentes de la República será igual al monto del salario de un diputado”. Esta sentencia es declarativa y sus efectos retroactivos a la fecha promulgación de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se dimensionan los efectos de este pronunciamiento, en el sentido que lo dispuesto en esta acción, no afecta en modo alguno, ni genera derecho a repetición de los montos percibidos por las personas beneficiarias de dicha pensión, durante la vigencia y con ocasión de esa disposición.

Comuníquese a la Asamblea Legislativa, publíquese íntegramente en el Boletín Judicial y reseñese en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese. La Magistrada Garro Vargas salva el voto y declara sin lugar la acción por razones de admisibilidad.

Muñoz señaló que lo que la Sala resuelve es la inconstitucionalidad de dicho artículo, ya que van en contra de los artículos 33 y 50 de la Constitución Política.

El fallo completo de la Sala IV lo puede leer aquí:0031-0007-237097276-5637-F

Por lo tanto, se retrotrae al momento de la inconstitucionalidad. Es decir, seguirán recibiendo una pensión, pero ya no en esos montos.

Aún no hay claridad de cuál será el monto nuevo que recibirán.

El fallo aclara que, a pesar de la inconstitucionalidad, los montos ya recibidos por los expresidentes y sus familias, no los tienen que devolver.

En la Asamblea Legislativa hay 2 proyectos de ley que buscaban eliminar las pensiones de los expresidentes, sin embargo, ninguna ha tenido el respaldo para ser aprobado.

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