Sala IV ordena a gobierno reglamentar ley de voluntades anticipadas
Se condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios
La Sala Constitucional le ordenó a diferentes jerarcas de la administración Chaves-Robles reglamentar la Ley de Voluntades Anticipadas que fue emitida en el gobierno de Carlos Alvarado; dicha orden surge de un recurso de amparo y se dio un plazo de 2 meses.
Dicha ley fue publicada el 31 de mayo de 2022 y se estableció un plazo de 6 meses para que el Ejecutivo emitiera el reglamento, es decir, a más tardar el 30 de noviembre de 2022 -hace casi 2 años-.
En el último informe rendido a esta Sala se indicó que la propuesta Reglamento a la Ley de Voluntades Anticipadas No. 10231 del 5 de mayo de 2022, fue recibido en el Departamento de Leyes y Decretos del Ministerio de la Presidencia, en donde se encuentra en proceso de revisión y firmas por parte del Poder Ejecutivo desde el 24 de junio de 2024, sin que conste que, a la fecha de redacción de esta sentencia, se haya realizado su respectiva firma y publicación (…)
Dicha omisión resulta contraria a los derechos de los tutelados, en el tanto no le permite contar con una norma que permita a las personas el derecho a expresar su voluntad anticipada sobre intervenciones médicas, en los términos dispuestos en la normativa señalada, indicaron los magistrados de la Sala.
Debido a que a los magistrados no se les aseguró que estaría publicada en un plazo próximo, se decidió ordenar a la ministra de Salud, Mary Munive, Laura Fernández ministra de la Presidencia, y a Gerald Campos, ministro de Justicia y Paz, que en 2 meses reglamenten dicha ley.
Además, se condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios.
Esta ley consiste en que las personas, en el pleno uso de sus facultades, podrán expresar de forma anticipada sus voluntades sobre tratamientos e intervenciones médicas necesarios para resguardar su vida o las funciones vitales de su organismo, mediante una declaración escrita libre y voluntaria.