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Sala IV advierte desobediencia de gobierno para atender crisis en Crucitas

Autoridades de gobierno pasado incumplieron con plan de contención

Por Pablo Rojas | 24 de Feb. 2023 | 6:12 am

(CRHoy.com). Mediante una resolución dictada el 3 de febrero de 2023, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia advirtió a las autoridades de gobierno sobre la inacción existente para contrarrestar el daño ambiental y la contaminación de las fuentes de agua a causa de la actividad minera ilegal que se desarrolla en Crucitas de Cutris, en San Carlos de Alajuela.

El 3 de setiembre de 2021, ese tribunal declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo planteado por la Federación Costarricense para la Conservación del Ambiente (Fecon) contra el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) y el Ministerio de Salud, acusando una desidia de políticas públicas para atender la crisis existente en esa zona fronteriza.

En ese fallo, los magistrados ordenaron a Epsy Campbell, entonces vicepresidenta de la República (Administración Alvarado Quesada, 2018-2022) y designada para la ejecución del Plan de Desarrollo de la Zona Norte; a Andrea Meza, en su condición de ministra del Minae; a Daniel Salas, entonces ministro de Salud, a Ricardo Morales, jefe de la Unidad de Normalización de los Servicios de Salud en Ambiente Humano y a Michael Soto, para ese momento el ministro de Seguridad Pública, establecer en un plazo de 3 meses un plan de contención sobre la minería ilegal y que, a partir de eso, se valorara la magnitud e intensidad del daño ambiental.

De igual forma, la Sala Constitucional solicitó el levantamiento topográfico de los cuerpos de agua, la valoración y muestreos de los niveles de mercurio en el agua, el suelo y en sedimentos, para que se estableciera una línea base de seguimiento y se tomaran las medidas técnicas correspondientes para remediar los daños ambientales.

Los funcionarios de gobierno también debían establecer un cronograma de actividades y categorías de autoridades responsables para que, en el plazo de 18 meses, posteriores al diseño del plan de seguridad, “se implementaran todas las acciones remediales correspondientes”. Nada de eso ocurrió.

Como no hubo avances, el 14 de setiembre de 2022, ya bajo la Administración Chaves Robles (2022-2026), Álvaro Sagot Rodríguez, representante legal de Fecon interpuso una gestión de desobediencia sobre el mismo recurso de amparo resuelto en 2021 y cuestionó el plan de contención del Minae presentado el 29 de agosto de ese año “sobre las medidas de remediación del mercurio” en Crucitas.

El planteamiento fue contestado por Joselyn Chacón, ministra de Salud entre mayo de 2022 y febrero de 2023. También por Franz Tattenbach, jerarca del Minae, y Jorge Torres Carrillo, ministro de Seguridad Pública.

En concreto, las autoridades alegaron que se han efectuado acciones para cumplir con la directriz girada en 2020 para atacar la problemática de la minería ilegal. No obstante, las mismas autoridades hicieron notorio que el asunto está lejos de ser resuelto, y que las medidas implementadas no han sido suficientes.

En esa línea, agregaron que la solución ambiental "sería detener la actividad de extracción ilegal en la zona" como primera condición para seguir adelante con las acciones de contención necesarias.

El gobierno actual sostuvo que “debido a la contaminación difusa en la zona y la magnitud del área, resulta imposible pensar en la remoción del mercurio, el cual tiende a fijarse en el suelo, el sedimento o plantas”. No obstante, los magistrados recalcaron que no se detalla o se expone a profundidad la imposibilidad de transportar o transformar el mercurio ya depositado en la zona, el ejecutar medidas de reforestación u otras técnicamente viables para reparar los daños ambientales.

"Este Tribunal no puede avalar una respuesta que sencillamente afirme que es imposible remover dicho elemento por la “magnitud difusa” de la contaminación, sin mayor análisis y explicación al respecto. Lo anterior, con la agravante de que, según se informa, existe una preocupación latente por la utilización de un nuevo químico en la zona: el cianuro", acota la resolución fechada el 3 de febrero de 2023.

La Sala Constitucional subrayó que "no resulta admisible, desde ningún punto de vista, que las autoridades adopten una conducta meramente pasiva y de espectadores ante la problemática bajo análisis". Además, indicó que pese a no ser una instancia técnica, todas las acciones que las autoridades vayan a ejecutar para cumplir lo dispuesto en la sentencia debe ser comunicado formalmente.

El ministro Tattenbach aseguró ante el tribunal que el Minae no cuenta con la cantidad de personal necesario para desarrollar las acciones técnicas destinadas a remediar los daños ambientales. Pese a esto, los magistrados ordenaron a las actuales autoridades el cumplimiento de la resolución dictada en 2021.

"(…) este Tribunal considera que sí existe la desobediencia acusada sobre dicho extremo de la orden. Sin embargo, dado que, en dicha oportunidad, la orden impartida fue dirigida a Andrea Meza , a Daniel Salas y a Michael Soto Rojas; y quienes rinden los informes de desobediencia son los actuales jerarcas de dichas dependencias, Franz Tattenbach Capra, Joselyn María Chacón Madrigal y Luis Torres Carrillo, se les impone a estas últimas autoridades, bajo la advertencia de ordenarse la apertura de un procedimiento administrativo y de testimoniarse piezas al Ministerio Público en su contra si no lo hicieren  el cumplimiento de lo señalado en dicha sentencia (de 2021)", concluyó la Sala Constitucional.

El Ministerio de Salud contrató un estudio sobre la calidad del agua en las principales comunidades cercanas a los puntos de extracción ilegal del oro.

Las muestras, tomadas en noviembre de 2022, arrojaron resultados positivos en las fuentes del recurso hídrico en localidades como Chamorro, Chorreras, Crucitas y El Roble de Cutris y Llano Verde y El Jocote, en el distrito de Pocosol.

El mercurio, junto con el cianuro, es el principal elemento químico que utiliza la minería ilegal en la zona fronteriza con Nicaragua. Sin embargo, uso y exposición podrían desencadenar riesgos para la salud.

Los resultados, entregados en enero pasado, apuntaron que en el caso de Llano Verde los niveles de mercurio rondaron entre 0,2773 y 0,2194 miligramos por litro (mg/L).

Para tener una idea, el valor máximo de contaminación por mercurio en el agua, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), es de 0.006 mg/L. Por su parte, la norma nacional habla de un valor máximo de 0,001 mg/L.

Con los resultados existentes, si se toma como base la norma nacional, hay acueductos con indicadores 65 superiores al límite. Y, si se toma en cuenta la norma de la OMS, la contaminación con mercurio es 10 o 11 veces mayor al límite.

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