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Restricción vehicular genera mayor riesgo de contagio de COVID-19, determina Tribunal

Por Josué Alvarado | 4 de Nov. 2020 | 3:50 pm

Gobierno impuso multas, retiro de placas y puntos en la licencia a conductores que irrespetaran la restricción vehicular. Archivo CRH/Con fines ilustrativos.

(CRHoy.com). -El juez Alcevith Godínez Prado, del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, considera que la restricción vehicular impuesta por el Gobierno de Carlos Alvarado en medio de la pandemia provoca un mayor riesgo de contagio de COVID-19, contrario a lo que el Ministerio de Salud ha dicho a la población durante los últimos meses.

En la sentencia Nº552-2020 del 3 de noviembre del 2020, el juez indica que la prohibición de utilizar el carro propio podría no ser efectiva, pues se obliga a las personas a utilizar transporte público (bus o taxi), donde es imposible mantener la distancia entre personas. 

Un grupo de seis alcaldes solicitó una medida cautelar contra los decretos que establecían la restricción vehicular unificada, que rigió a partir del 10 de agosto. En su sentencia, el juez ordenó dejar sin efecto los decretos de restricción, pero la resolución llegó hasta noviembre por lo que automáticamente no genera cambios. Ahora los abogados del caso preguntan al juez si también se debe dejar sin efecto la restricción actual. 

"La restricción vehicular no es una medida efectiva para contrarrestar o prevenir el contagio, véase que lo que se pretende es evitar el contacto con personas contagiadas, y con la restricción vehicular lo que se provoca es lo contrario, como lo es, la conglomeración en los servicios públicos (autobús y taxi) pues en estos servicios públicos no se puede mantener el distanciamiento del metro ochenta centímetros que se recomienda por parte del Ministerio de Salud", interpreta el juez luego de leer la solicitud de los alcaldes y la defensa del Estado.

Este 3 de noviembre, el juez ordenó dejar sin efecto los decretos de agosto, sin embargo estos ya no tienen efecto. Por eso, este miércoles 4 de noviembre los abogados a cargo del caso solicitaron al juez que aclare si la orden también aplica para los decretos que establecen la restricción actualmente.

CRHoy.com solicitó una reacción al Gobierno de la República, al Ministerio de Salud y al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (Mopt), pero al cierre de esta nota no hubo respuesta.

Ministerio de Salud y de Obras Públicas y Transportes han defendido la restricción vehicular. En la imagen los jerarcas de ambas carteras: Daniel Salas y Rodolfo Méndez, respectivamente.

Seis alcaldes contra el Estado

Seis alcaldes representados por los abogados José Pablo Badilla Villanueva y José Pablo Badilla Quirós solicitaron la medida cautelar. La solicitud la hicieron:

  • Arnoldo Barahona Cortés, Escazú 
  • Carlos Cantillo Álvarez, Carrillo 
  • Luis Gerardo Castañeda, Liberia 
  • Giovanni Jiménez Gómez, Nandayure 
  • Laura Carmiol Torres, Santa Ana 
  • Jorge Alfaro Orias, Santa Cruz 

Según el argumento de los alcaldes, la restricción provoca serios daños patrimoniales y extrapatrimoniales. Además califican la medida como abusiva, "que nació del engaño y la defraudación".

La procuradora adjunta Maureem Iliana, en representación del Estado, alegó ante el Tribunal que el fin de la restricción es evitar la anuencia y la convergencia de personas.

"Se tiene la acreditación de un grado de certeza razonable de la posibilidad objetiva de la existencia de un daño grave. Más aún se aprecia que la actuación del Ministerio de Salud aquí demandado, al momento de establecer la restricción vehicular como medida sanitaria para prevenir el contagio de COVID-19, no es la más adecuada y efectiva, toda vez que se considera contradictoria con la medida sanitaria de distanciamiento social", considera el juez. 

¿Se eliminará la restricción?

El abogado Badilla Quirós informó a CRHoy.com que este mismo miércoles pidieron al juez una aclaración, tras conocer esta primera sentencia. Mediante una solicitud de adición, los abogados preguntaron si los nuevos decretos también se deben suspender y si el Gobierno puede establecer nuevas restricciones, ahora que hay una medida cautelar en firme en la que se concluye la poca o nula eficacia de la medida.

"Nos dieron la razón tarde, pero de alguna forma es un alivio saber que una autoridad jurisdiccional consideró que la restricción vehicular no tiene, nunca tuvo y nunca tendrá razón de ser", dijo Badilla vía telefónica.

"La demanda se va a formular y se va a solicitar la nulidad de las medidas para este mes, pero además de otros actos generales que son los que el Poder Ejecutivo invoca para estar prorrogando la medida cautelar", añadió.

La demanda que se formulará esta misma semana estará firmada por 14 alcaldes, ocho más que en el primer proceso.

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