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¿Qué pasa si usted revela su voto como lo hizo Melissa Mora? Esto dice el TSE

Uso de celulares en las urnas está prohibido

Por Yaslin Cabezas | 4 de Abr. 2022 | 10:31 am

(CRHoy.com) El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) podría abrir una investigación de oficio contra la modelo ramonense, Melissa Mora, luego de que ella publicara un video revelando por quién votó, este 3 de abril.

Gerardo Abarca, secretario general del Registro Electoral dijo a CRHoy.com que de momento no han recibido una denuncia formal por lo ocurrido en la urna, pero que tras la publicación de este medio, podrían actuar de oficio, como ha ocurrido en otras ocasiones.

"El primer contralor del cumplimiento de la normativa electoral en esta materia van a ser los miembros de las juntas receptoras. Es ahí donde se tienen que dar los primeros controles para garantizar ese secreto del voto (…) Esto involucra una situación diferente y habría que analizar lo que pasó y determinar a partir de ese análisis si corresponde a una conducta irregular y valorar las consecuencias a las que se podría ver sometida la persona", destacó.

Abarca aseguró que en este caso habría que hacer "un análisis más a fondo, que tendríamos que ver, contando con todos los elementos, tanto de hechos como pruebas, para determinar si en efecto, esa conducta es una conducta irregular".

En cuanto a la anulación del voto, el secretario fue claro en decir que hay que analizar cómo se dieron los hechos.

"Si se podría con certeza plena establecer que hubo una violación al ordenamiento jurídico electoral. No podría decirlo desde ya sin hacer esa valoración, cuáles son las consecuencias de la conducta. El uso de celulares es una de las prohibiciones expresas que se establecen a nivel de la normativa", añadió.

Según el funcionario, varias veces han anulado votos de ciudadanos por mostrar las papeletas. No obstante, la publicación de un video en redes sociales es la primera vez que se denuncia.

"Podríamos actuar de oficio porque lo hemos hecho en otro tipo de situaciones a partir de la publicación de una nota periodística (…) Ha habido situaciones donde a partir de esas investigaciones y estudios especiales nos puede llevar a la necesidad de presentar la denuncia ante otro juzgado de la República", enfatizó.

En Costa Rica, el voto es secreto y está prohibido utilizar aparatos electrónicos en la urna, tal como lo establece el Reglamento para el Ejercicio del Sufragio en la Elección Nacional.

Artículo 35.- Prohibiciones: Dentro del recinto de votación está prohibido: a) Portar cualquier tipo de arma. b) Ingresar en estado de embriaguez evidente. El uso de cámaras de cualquier tipo, y cualquier dispositivo que permita el almacenamiento de imágenes, datos y archivos audiovisuales, como teléfonos celulares, radio comunicadores, computadoras portátiles, entre otros, con el objeto de no poner en riesgo el secreto del voto, ni interrumpir el normal desarrollo de la actividad electoral que se lleva a cabo. En el momento en que la junta receptora de votos advierta que alguien está violentando esa prohibición, el presidente deberá retirar las papeletas entregadas, anularlas previo a su depósito en las urnas e incluir esa incidencia en el padrón registro.

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