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Proyecto establece nuevas reglas para apertura de secreto bancario

Reforma es impulsada por la diputada del PLP, Johana Obando

Por Bharley Quiros | 30 de Sep. 2022 | 6:37 am

La diputada del PLP, Johana Obando presentó el proyecto. (Foto: Minor Solís)

(CRhoy.com) La diputada del Partido Liberal Progresista (PLP), Johana Obando, presentó un proyecto de ley (expediente 23.366) para establecer nuevas reglas para la apertura del secreto bancario por parte de las autoridades judiciales y tributarias.

La legislación nacional establece hoy que los alcances del secreto bancario están definidos por el artículo 615 del Código de Comercio, el cual señala que las cuentas corrientes bancarias son inviolables y los bancos solo podrán suministrar información sobre ellas a solicitud o con autorización escrita del dueño o por orden de autoridad judicial competente.

El proyecto plantea tres objetivos:

  • Otorgar a los jueces del Tribunal Contencioso Administrativo un marco de legalidad para solicitarle a la Administración Tributaria que justifique por qué se requiere la apertura del secreto bancario.
  • Tutelar el derecho del contribuyente a ser notificado, sobre la apertura del secreto bancario, una vez que la solicitud de apertura o embargo de una cuenta bancaria ha sido ejecutada.
  • Proteger al contribuyente de solicitudes de apertura de secreto bancario y embargos arbitrarios por parte de la Administración Tributaria, contrarios al Artículo 24 de la Constitución Política.

"No se pretende restringir la apertura del secreto bancario. Lo que este proyecto haría es tutelar a la población su derecho a que la Administración Tributaria pueda solicitar la apertura del secreto bancario solo cuando hay indicios de evasión fiscal, y no como sucede ahora, que se pide ante cualquier circunstancia y aunque no haya fundamento técnico", explicó la diputada Obando.

En cuanto a la notificación al contribuyente sobre la apertura del secreto bancario, el texto propone que sea obligatoria, una vez que la medida se ha ejecutado, y no discrecional, como ocurre en la actualidad.

"La Administración Tributaria deberá notificar al contribuyente la resolución emitida por el juez, dentro de los tres días hábiles posteriores a la ejecución del requerimiento de información a la entidad bancaria. La misma notificación será imperativa cuando la Administración Tributaria ejecute un embargo en la cuenta bancaria de un contribuyente", indica el texto presentado.

"Este proyecto pretende que, ante la negligencia de Hacienda, para custodiar la información privada y sensible, los tribunales judiciales, puedan realmente actuar como garantes de los derechos y garantías de los contribuyentes", concluyó la legisladora.

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