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Proyecto de Ley de Ejecución de la pena requiere 38 votos en el Congreso

Magistrados defienden proyecto

17 de Ene. 2024 | 7:06 am

El proyecto sobre Ejecución de la Pena requerirá de 38 votos en el Congreso para convertirse en Ley de la República, es decir, por mayoría calificada o dos terceras partes de los congresistas.

La Corte Plena acogió un informe en el cual determina que su funcionamiento tiene incidencia en el funcionamiento del Poder Judicial.

Eso sí, la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia defendió el proyecto ante la Asamblea Legislativa y solicitó a los diputados impulsar esta iniciativa como parte de los proyectos que pueden incidir positivamente en la funcionalidad de este órgano del Estado en la lucha contra la inseguridad.

Patricia Solano, presidenta de la Sala Tercera, indicó que el proyecto de ley incide en ese funcionamiento porque se trata de un proyecto de Ley que regula la ejecución de las penas y medidas de seguridad.

Solano afirmó que el proyecto definirá un procedimiento incidental general vinculado con plazos y actividades delimitadas, así como también con los procesos de regulación de otros procesos como el incidente de queja, libertad condicional, cambio de modalidad, unificación y adecuación de la pena.

También contempló la posibilidad de darle seguimiento a las penas alternativas y el procedimiento restaurativo en la fase de ejecución de la pena, aspectos que hoy en día no se encuentran regulados.

"Si debe advertirse, que corresponderá eventualmente analizarse si por las funciones asignadas a las personas juzgadoras de ejecución de la pena, deben mantenerse como Juez 2, o en su defecto deben pasar a Juez 3", citó Solano ante la Corte.

Solano planteó que el proyecto de Ley que se analiza bajo el expediente 24.019 incide positivamente en el funcionamiento y la organización del Poder Judicial, para lo cual existe un interés institucional para su respectiva aprobación.

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Contenido 

El proyecto de Ley que se encuentra en la corriente legislativa se estructura de 136 artículos, los cuales se encuentran divididos en cinco títulos.

El primer título contiene el objetivo y el ámbito de aplicación de la norma, y los principios rectores; el segundo posee derechos y deberes de las personas sentenciadas a una pena de prisión o medida de seguridad.

Luego hay uno que refiere las principales funciones del Sistema Penitenciario Nacional y el rol de las autoridades penitenciarias, las modalidades de ejecución, la atención y la valoración profesional, el régimen disciplinario, las medidas cautelares y las provisionales de contención.

Un cuarto capítulo se vincula con la jurisdicción de la ejecución de la pena en la cual se describen funciones y facultades de las personas juzgadoras como el Ministerio Público, la Defensa Pública, el sentenciado y la víctima.

"Se regula lo que corresponde a las funciones de vigilancia que tienen los juzgados de ejecución de la pena sobre las condiciones de los centros penales, así como el proceso incidental y la fase recursiva. En este último aspecto, debe advertirse que el órgano que conocería en segunda instancia, sería el tribunal sentenciador, es decir, no se crean tribunales de apelación especializados para la ejecución de la pena y medidas de seguridad", expuso Solano ante los magistrados.

La Corte Suprema de Justicia presentó el proyecto de ley ante la Asamblea Legislativa que busca garantizar el debido proceso, así como el cumplimiento de pena a las personas condenadas el 16 de octubre de 2023.

El objetivo del proyecto tiene como fin el garantizar el cumplimiento de las penas impuestas a las personas condenadas y con ello se desarrolle el debido proceso.

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