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Próximo feriado se acerca: ¿Cómo deben pagarle si trabaja el 31 de agosto?

Feriado se enmarca en el “Mes Histórico de la Afrodescendencia en Costa Rica”.

Por Andrey Villegas | 20 de Ago. 2025 | 9:40 am

El próximo domingo 31 de agosto se celebrará el Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense. Pero si usted trabaja ese día, ¿sabe cómo deben pagarle?

Este feriado se incorporó tras la publicación de la Ley 10.050 en el diario oficial La Gaceta, en noviembre de 2021. Dicha ley modifica el artículo 1 de la Ley 9.526 para adicionar a la declaratoria ya existente del mes de agosto como "Mes Histórico de la Afrodescendencia en Costa Rica".

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) explica que, en el caso de los feriados de pago no obligatorio, las personas que reciben su salario por hora lo percibirán únicamente si trabajan ese día. En caso de realizar horas extra, estas deben remunerarse a tiempo y medio.

En cuanto a las personas con pago mensual, el día debe pagarse aunque no se trabaje, y se paga doble si se labora. Si además se realizan horas extra, estas se cancelan a tiempo y medio sobre el doble, lo que equivale a un pago triple.

"Aunque la empresa sea nacional, transnacional o internacional, debe conceder ese día feriado a las personas colaboradoras que trabajan en Costa Rica. Cualquier convenio sobre renuncia al disfrute de los feriados es absolutamente nulo, según el artículo 11 del Código de Trabajo", aclara el MTSS.

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