Policía Penitenciaria advirtió que usar carpas como cárceles “podría causar catástrofe”
Propuesta del Gobierno aumenta el riesgo de fugas, "galetas" y conflictos entre reclusos
La semana pasada, el entonces viceministro de Justicia Exleine Sánchez Torres fue despedido por el mandatario Rodrigo Chaves Robles, luego de que elevó una serie de advertencias sobre la idea del Gobierno de utilizar carpas en los centros penitenciarios para albergar a privados de libertad.
Aunque el jerarca Gerald Campos señaló que esa no era la causa del despido, horas antes Rodrigo Chaves cuestionó la postura del exfuncionario, quien fue tajante en calificar como un "grave error" el uso de carpas, por el peligro que podría generar en torno a posibles de fugas, daños a la infraestructura e incidentes críticos.
Pese a estas críticas, Exleine Sánchez no fue el único que advirtió sobre los riesgos de emplear carpas dentro de los centros penales: el comisionado Nils Ching Vargas, director de la Policía Penitenciaria también dejó por escrito una serie de alertas.
Así consta en el oficio DPP-467-2024 del 1 de marzo de 2024, del cual CRHoy tiene copia. Dicho documento es dirigido al director general de Adaptación Social, Juan Carlos Arias Agüero. En él, Ching Vargas señala temas de seguridad que se deben tomar en cuenta desde la Policía Penitenciaria, respecto a las carpas.
Mucho cuidado
Por ejemplo, alerta que el material de las carpas puede ser vandalizado con facilidad, dado que según la información que les habían suministrado hasta marzo, las carpas no reúnen las condiciones mínimas de seguridad y contención para albergar privados de libertad.
Aunque el jerarca Gerald Campos señaló que los sentenciados e indiciados más peligrosos no serían colocados en las carpas, la Policía Penitenciaria manifestó que el riesgo se mantiene sin importar el perfil de la población, dado que se requiere un tipo de material sólido y que no sea fácil de destrucción; (tipo lona o similar). Cita el documento:
Las "carpas" no ofrecen por mucho, la misma contención de seguridad que las estructuras sólidas, lo que aumenta el riesgo de fugas, "galetas" (escondites de ilícitos) y conflictos entre personas privadas de libertad.
Estos espacios no reúnen las condiciones para una contención en caso de una insubordinación de la población privada de libertad que ahí pernote.
Sobre este aspecto, las autoridades penitenciarias advirtieron que en caso de optar por la instalación de carpas, deben de analizar con mucho cuidado el perfil de los reclusos que van a ubicar en estos espacios. Debería ser de muy bajo perfil y debería definirse de forma meticulosa, por su alta vulnerabilidad
en la estructura.
El informe agrega además que, se debe valorar los cambios bruscos en el clima que presenta el país, lo que altera la temperatura y vulnera los ambientes seguros que se requieren.
De hecho, el director de la Policía menciona las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (conocidas como Reglas Nelson Mandela). Dicha normativa señala en su regla 14, que "en todo local donde vivan o trabajen reclusos":
a) Las ventanas serán suficientemente grandes para que puedan leer y trabajar con luz natural y estarán construidas de manera que pueda entrar aire fresco, haya o no ventilación artificial.
Controles externos
Para el director de la Policía Penitenciaria, el muro o malla perimetral que rodee las carpas, debe reunir condiciones adecuadas de contención.
En estos espacios se tendrían que construir puestos de control externos; de ingreso y egreso con niveles de seguridad adecuados, así mismo los fortines, que reúnan las condiciones para el personal policial, criterios técnicos de tácticas preventivas y disuasivas que faciliten el accionar penitenciario. Así cita el oficio:
Según datos suministrados, el material de una carpa es muy volátil en caso de un siniestro, esto podría causar una catástrofe para la atención y evacuación de personas de estos espacios, además de que se debe de tomar en cuenta las normas y factores de riesgo del cuerpo de bomberos para la atención de los espacios carcelarios.
Analizar aumentar de más espacios físicos en los centros penales, como lo son: de visita, para procesos grupales, visita intima, atención técnica, educación, zonas de esparcimiento físico, sitios para lavado de ropa y tendederos, todo ello en cumplimiento de las normas internacionales y nacionales en relación a los derechos humanos de esta población.
Ching Vargas también previno que si las carpas no cumplen con los estándares internacionales de derechos humanos, se podría venir abajo el proyecto e incluso terminar en condenas para el sistema carcelario.
Esto dado que "serán susceptible de recursos ante la Sala Constitucional, así como incidentes o quejas ante los jueces de ejecución de la Pena, poniendo en riesgo la población y por ende generar resoluciones que la institución debe resolver, y podría provocar sanciones importantes".
Además, el oficio señala que el alojamiento en "carpas" puede resultar en condiciones de vida precarias y contrarias a los derechos fundamentales de las personas. Como por ejemplo, la dificultad en el acceso a servicios básicos como luz o agua, altas temperaturas o por el contrario, bajas temperaturas.
También apunta a un impacto en la salud mental tanto del personal administrativo o policial, así como de los privados de libertad, exacerbando problemas como la ansiedad y la depresión.