Plazo para pagar impuesto a “casas de lujo” vence el 15 de enero
El 15 de enero de 2025 es el plazo máximo para presentar y pagar, sin recargo, el monto correspondiente del Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de los Programas de Vivienda, también conocido como impuesto a "casas de lujo".
El Ministerio de Hacienda recordó que este tributo deben cancelarlo aquellas personas con propiedades de uso habitacional que sean utilizadas de forma habitual, ocasional o de recreo, y cuyo valor de construcción y de las instalaciones fijas y permanentes superen los ¢145 millones, de acuerdo con el decreto ejecutivo Nº 44834 – H, publicado en el Alcance N° 204 de La Gaceta N° 237, del 17 de diciembre de 2024.
El monto respectivo se actualiza con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que calcula el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC). La declaración se realiza cada tres años por medio de la Administración Tributaria Virtual (ATV) y su pago se efectúa anualmente.
Las personas que hayan adquirido su vivienda de uso habitacional en 2024 y su valor se encuentra sujeto al pago del impuesto deben presentar la declaración en el formulario D-179, disponible en ATV a partir del 1° de enero 2025.
Para calcular el impuesto se debe aplicar los siguientes tramos:
- Hasta ¢364.000.000. Tarifa de 0,25%.
- Sobre el exceso de ¢364.000.000 y hasta ¢730.000.000. Tarifa de 0,30%.
- Sobre el exceso de ¢730.000.000 y hasta ¢1.095.000.000. Tarifa de 0,35%.
- Sobre el exceso de ¢1.095.000.000 y hasta ¢1.462.000.000. Tarifa de 0,40%.
- Sobre el exceso de ¢1.462.000.000 y hasta ¢1.824.000.000. Tarifa de 0,45%.
- Sobre el exceso de ¢1.824.000.000 y hasta ¢2.191.000.000. Tarifa de 0,50%.
- Sobre el exceso de ¢2.191.000.000. Tarifa de 0,55%.
Para facilitar el pago de este impuesto, la Administración Tributaria tiene a disposición los siguientes medios:
- Débito en Tiempo Real (DTR), disponible en ATV.
- Conectividad bancaria.
- Directamente en las cajas de las entidades recaudadoras autorizadas con solo indicar el número de cédula.
Quienes incumplan con la presentación de la declaración y el pago en tiempo del impuesto solidario se exponen a las sanciones que se encuentran establecidas en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.