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Plan busca crear relación laboral entre repartidores y plataformas digitales

Proyecto permitirá reconocimiento de derechos sin que pierdan flexibilidad de horarios

Por Carlos Mora | 28 de Ene. 2024 | 8:11 pm

Un proyecto de ley busca una reforma al artículo 18 del Código de Trabajo para regular la relación laboral entre las personas repartidoras y las empresas de plataformas digitales, de tal manera que se protejan los derechos de estos trabajadores.

Actualmente, las plataformas catalogan a estas personas como "trabajadores independientes", lo que a criterio de los diputados del Frente Amplio (FA), los deja "en indefensión pues no existe una relación laboral estable y segura".

El proyecto, bajo el expediente 23.417 propone que el país "se ponga al día" con una regulación que ya se aplica en otras naciones, como España.

La reforma propuesta haría que el artículo 18 del Código de Trabajo se lea así:

"Artículo 18.- Contrato individual de trabajo, sea cual fuera su denominación, es todo aquel en que una persona se obliga a prestar a otra sus servicios o a ejecutarle una obra, bajo la dependencia permanente y dirección inmediata o delegada de ésta, y por una remuneración de cualquier clase o forma. Se presume la existencia de este contrato entre el trabajador que presta sus servicios y la persona que los recibe. La anterior presunción aplica también en los servicios de reparto o distribución de cualquier producto de consumo o mercancía, que una persona trabajadora realice en beneficio de otra persona, física o jurídica, que ejerce las facultades empresariales de organización, dirección y control de forma
directa, indirecta o implícita, de la gestión del servicio o de las condiciones de trabajo, mediante una plataforma digital."

"Estamos en presencia de un verdadero trabajo subordinado no calificado como tal, que origina la precarización de las condiciones laborales y una menor protección social", dijo la diputada frenteamplista, Sofía Guillén.

Condiciones laborales deplorables 

Esta semana trascendió el estudio Plataformas Digitales y Precariedad Laboral en Costa Rica presentado este miércoles por la Escuela de Economía de la Universidad Nacional (UNA).

El informe arrojó, entre otras condiciones que, un 68% de los repartidores de las plataformas digitales trabajan sin ningún tipo de aseguramiento a la hora de hacer sus funciones. El dato representa un 26% más del porcentaje de informalidad a nivel nacional.

Leonela Artavia, investigadora de la UNA, afirmó que el estudio refleja una inseguridad social derivada a la informalidad laboral experimentada por estos colaboradores. Añadió que hay un 78% de los trabajadores que a la fecha no están cotizando para una pensión, por lo que no se vislumbra un panorama de mejoría

Además, también se señaló que 2 de cada 5 repartidores de plataformas tecnológicas recibe menos que un salario mínimo.

Un 40% de la población dedicada a esa labor recibe menos de ¢352 164. El ingreso promedio que reciben estos colaboradores es de ¢260.000 mensuales.

El 54% de los repartidores perciben lo equivalente a entre 1 y 2 salarios mínimos, mientras que solamente el 6% reciben más de dos salarios mínimos y menos de tres. Al tomar en cuenta los que están por debajo del mínimo y los que llegan a la categoría entre 1 y 2, el ingreso promedio es de ¢386.48

Un estudio de la Cámara de Comercio de Costa Rica señala que el modelo de negocio de las plataformas digitales aporta a la economía costarricense más de ¢177.500 millones al año.

Esa cantidad de ingresos generados por los conductores y repartidores de las apps equivale al 0,44% del Producto Interno Bruto (PIB).

Según la encuesta, que la CCCR encargó a la firma Cid-Gallup, se estima que en el país hay 40.000 personas que generan ganancias por medio de ese modelo de negocio. De esa cantidad, 30.000 son conductores y 10.000 repartidores.

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