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Pensión no contributiva lleva cinco años congelada en ₡82 mil al mes

Peticiones se dispararon en un 121 % en la última década

Por Ambar Segura | 24 de Abr. 2025 | 11:02 am

Por razones de financiamiento, las pensiones del Régimen No Contributivo están congeladas desde junio de 2019 en ₡82.000 mensuales.

Los datos del cierre de 2024 revelan que 146.934 personas viven con este monto en un país donde la canasta básica alimentaria ronda los ₡66.000 en la zona urbana y los ₡55.000 en la zona rural.

¿Qué significa esto? Una persona que pertenezca a este régimen podría gastar hasta un 80 % de su pensión en cubrir de manera básica su alimentación. Además, el costo de los alimentos aumentó un 7,5 % en el último año, pero el monto de la pensión continúa estancado, por lo que no se ajusta a la realidad del país.

Para Ubaldo Carrillo, de la Gerencia de Pensiones de la CCSS, el aumento de estas pensiones es una tarea pendiente. "Debemos seguir buscando recursos para ver en qué momento podemos darle un empujón a estos pensionados", manifestó.

Carrillo agregó que los recursos que recibe la institución, principalmente del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), no son suficientes para atender la demanda del régimen.

El último aumento percibido en este régimen fue en junio de 2019, cuando las pensiones crecieron un 5,1 %, pasando de ₡78.000 a ₡82.000 mensuales, cifra que se mantiene hasta hoy.

Por otro lado, cada vez son más las personas que solicitan acogerse a una pensión de esta clase, ya que el 2024 cerró con la cifra más alta de solicitudes de la última década, superando las 31.000. De hecho, entre 2014 y 2024, las peticiones se dispararon en un 121 %, tal como se observa en el gráfico:

De las 31.364 solicitudes de 2024 —interpuestas por adultos mayores pobres, personas con invalidez y otras poblaciones— por orden del Plan Nacional de Desarrollo 2023-2026, solo se pudo resolver aproximadamente el 18 %; es decir, de cada 100 personas que la solicitaron, solamente a 18 se les aprobó.

Carrillo, de la Gerencia de Pensiones de la CCSS, aseguró que han buscado ante el Ministerio de Hacienda y Fodesaf, ajustar las metas del Plan Nacional de Desarrollo, porque estas son las que le "marcan el ritmo" a la institución.

Alcanzar la meta del Plan Nacional de Desarrollo para nosotros (la CCSS) es sumamente sencillo; crecer en 5.000 pensiones por año, para la estructura institucional, no es complejo, es muy sencillo. Nosotros podemos crecer en 10.000 casos por año fácilmente, pero tenemos que frenar el galope del caballo, confirmó.

Régimen no contributivo

Desde 1974, Costa Rica cuenta con un régimen especial de pensiones destinado a personas que, por diversas razones, no tienen acceso a una pensión contributiva. Se trata del Régimen No Contributivo (RNC), creado mediante la Ley 5662 del 23 de diciembre de ese año, como un programa adicional al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), administrado por la CCSS.

El objetivo principal del RNC es brindar un apoyo económico a personas en condición de pobreza o vulnerabilidad social, que no lograron cotizar al régimen ordinario de pensiones y se financia principalmente con fondos provenientes del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf).

¿Quiénes pueden recibir esta pensión? El RNC contempla dos tipos de beneficios distintos, cada uno con criterios específicos de elegibilidad:

Las pensiones ordinarias del Régimen No Contributivo están dirigidas a personas con necesidad de amparo económico inmediato y que se encuentren en al menos una de las siguientes condiciones:

  • Adultos mayores de 65 años.
  • Personas con invalidez permanente menores de 65 años, cuya condición médica implique la pérdida de al menos dos terceras partes de su capacidad para realizar un trabajo remunerado.
  • Personas viudas en situación de desamparo económico, con hijos menores o jóvenes entre 18 y 21 años que estudien y no trabajen.
  • Huérfanos, menores de edad o entre 18 y 21 años, que estén estudiando y no tengan ingresos.
  • Indigentes, es decir, quienes, por razones sociales o culturales, no pueden integrarse al mercado laboral formal y carecen de recursos para cubrir sus necesidades básicas.

Pensión vitalicia por parálisis cerebral profunda y padecimientos similares: A partir de la Ley 7125, del 11 de enero de 1989, el RNC incluyó la pensión vitalicia para personas con parálisis cerebral profunda.

Posteriormente, esta ley fue reformada mediante la Ley 8769, publicada en La Gaceta n.º 201 del 16 de octubre de 2009, para ampliar la cobertura a personas con autismo, mielomeningocele o cualquier otra enfermedad con manifestaciones neurológicas severas.

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