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Operadoras de telefonía móvil solicitaron prórroga de concesión de espectro radioeléctrico

Por Erick Murillo | 6 de Abr. 2025 | 7:02 am

Archivo CRH

Las dos operadoras privadas de telefonía móvil, conforme lo que establece la ley, solicitaron la prórroga de la concesión de frecuencia del espectro radioeléctrico, tras la subasta realizada en 2010.

La información la confirmó tanto el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) como la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), por lo que es falso el rumor que circula de que a ambas compañías les renovaran sin costo alguno por la explotación de bandas necesarias para ofrecer sus servicios móviles, ya que en su momento habían pagado en la subasta por tener acceso a este bien demanial, luego de la apertura del mercado de telecomunicaciones.

“En el caso de las licitaciones de los operadores actuales, se debe indicar que ambos realizaron la solicitud para la prórroga de la concesión administrativa otorgada.

En el caso de la empresa Claro CR Telecomunicaciones S.A., mediante el acuerdo ejecutivo Nº 200-2024-TEL-MICITT, se otorgó la vigencia por el plazo máximo de vigencia de diez años, contados a partir del 14 de julio de 2026 y que a la fecha el Viceministerio de Telecomunicaciones se encuentra realizando las gestiones administrativas para la formalización del respectivo contrato de prórroga.

En el caso de la empresa Liberty Telecomunicaciones de Costa Rica LY, S.A., el acuerdo ejecutivo está en proceso de firma en el despacho del presidente Chaves”, informó la cartera de Ciencia y Tecnología.

En efecto, José Gutiérrez Salazar, Director Legal y de Regulación de Liberty, indicó que “confirmamos que meses atrás realizamos la solicitud de prórroga, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Telecomunicaciones.

El Micitt nos ha informado que el acuerdo ejecutivo está en el despacho del Presidente, para su firma”.

El Ministerio agregó que en ambos casos la prórroga gestionada deriva del proceso licitatorio realizado en el año 2010, correspondiente a la licitación pública 2010LI-000001-SUTEL.

Por su parte, la SUTEL respondió que según una consulta realizada al Registro Nacional de Telecomunicaciones (RNT), la concesión de la frecuencia de Claro y Liberty vence el 14 de julio del 2026.

Ambos operadores presentaron ante el Poder Ejecutivo la solicitud de prórroga y SUTEL ya emitió criterios técnicos que fueron notificados al Micitt mediante el acuerdo 017-022-2024 del 3 de julio del 2024 referente a Claro y el acuerdo 021-014-2024 del 4 de junio del 2024 para la solicitud de Liberty.

Ahora corresponde al Micitt hacer la valoración respectiva y continuar con la atención de la solicitud”, señaló el ente regulador en materia de telecomunicaciones.

Lo que dice la ley

Cabe recordar que al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) por ley se le otorgó un plazo indefinido para la explotación de este recurso.

Juan Manuel Campos, abogado especialista en regulación de telecomunicaciones, explica que el ICE cuenta con una concesión especial que se estableció en la Ley 3226 de 8 de abril de 1949 y que en lo que interesa señala:

Artículo 2º.- Las finalidades del Instituto, hacia la consecución de las cuales se dirigirán todos sus esfuerzos y programas de trabajo, serán las siguientes:

h) Procurar el establecimiento, el mejoramiento, la extensión y la operación de las redes de telecomunicaciones de una manera sostenible, así como prestar y comercializar productos y servicios de telecomunicaciones e infocomunicaciones y de información, al igual que otros en convergencia. Las concesiones que el ICE y sus empresas requieran para el cumplimiento de estos fines, estarán sujetas a los plazos, los deberes, las obligaciones y demás condiciones que establezca la legislación aplicable.
No obstante, conforme a las condiciones estipuladas en el párrafo anterior, el ICE podrá mantener la titularidad de las concesiones otorgadas actualmente en su favor y en uso, por el plazo legal correspondiente.

El director de Ciber Regulación añadió que el plazo conferido al ICE para el uso de este recurso es indefinido según la Ley 449, como se establece en el Artículo 5.- La duración del Instituto Costarricense de Electricidad será por tiempo indefinido.

Al respecto, la Ley General de Telecomunicaciones establece el procedimiento para prorrogar las concesiones de este bien escaso.

Artículo 24.- Plazos y prórroga
El plazo y la prórroga de las concesiones y autorizaciones se regirá de la siguiente manera:
a) Las concesiones de frecuencias para la operación y explotación de redes públicas de telecomunicaciones se otorgarán por un período máximo de quince años, prorrogable a solicitud de parte, hasta por un período que sumado con el inicial y el de las prórrogas anteriores no exceda veinticinco años. La solicitud de prórroga deberá ser presentada por lo menos dieciocho meses antes de su expiración.
b) Las autorizaciones se otorgarán por un período máximo de diez años, prorrogable a solicitud de parte, por períodos de cinco años, hasta un máximo de tres prórrogas. La solicitud de prórroga deberá ser presentada por lo menos seis meses antes de su expiración.

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