Oficialista Manuel Morales asume la segunda secretaría del Directorio
(CRHoy.com) Con una votación de 42 votos a favor el diputado del Partido Progreso Social Democrático (PPSD) Manuel Morales Díaz asumió el puesto de la segunda secretaría del Directorio Legislativo para el segundo año del periodo 2023-2024.
De parte del Partido Liberal Progresista (PLP) el diputado Gilberto Campos propuso el nombre de su compañero Jorge Dengo, quien tuvo 9 votos.
Mientras que del Frente Amplio (FA) propuso al diputado Antonio Ortega, 6 votos.
Morales sustituye en ese cargo a la también oficialista Luz Mary Alpízar, según el acuerdo de las cuatro fracciones para este 1 de mayo.
El legislador es ingeniero forestal de profesión y durante el primer año integró comisiones legislativas como la de ambiente, donde defiende el proyecto para el uso recreativo en adultos de la marihuana.
Morales además impulsa un proyecto de ley para declarar al país libre de la explotación de petróleo y gas natural.
El oficialista ha dicho que buscará ser un enlace con el Poder Ejecutivo y tiene entre sus tareas resolver las diferencias de algunas fracciones con el uso de vehículos oficiales, establecer un programa de reciclaje en el Congreso e impulsar una soda institucional.
Funciones
La función sustantiva de la segunda secretaría del Directorio consiste en la atención de todos los aspectos administrativos y operativos asignados, la participación en la toma de decisiones administrativas en las sesiones de dicho órgano.
El Directorio Legislativo asigna a esta secretaría la tramitación de las solicitudes de uso de vehículos institucionales por parte de los diputados, de conformidad con el Reglamento y normativa vigente.
De acuerdo con el artículo 30 del Reglamento Legislativo tiene además estas funciones:
Tener redactada el acta de la última sesión, una hora antes de la sesión siguiente y ordenar que se coloque una copia en la curul de cada diputado.
Dar cuenta de la correspondencia oficial, de las peticiones y de las proposiciones dirigidas a la Asamblea.
Recibir las votaciones nominales o secretas, realizar el escrutinio respectivo y anunciar su resultado.
Ordenar que se numeren, por orden de presentación, todos los asuntos que se sometan a la consideración de la Asamblea y que se tramite cada uno de ellos en un expediente separado.
Llevar la correspondencia de la Asamblea.
Devolver toda petición que no se presente en forma regular o que esté planteada en términos impropios.
Firmar, junto con el Presidente, las actas, leyes y demás disposiciones de la Asamblea.
Anotar la falta de asistencia de los diputados y empleados subalternos, expedir y firmar las listas de servicio para el pago de emolumentos y de las órdenes de pago por gastos de oficina, acordados por la Asamblea.
Revisar, junto con el Presidente, los decretos, acuerdos y resoluciones que emita la Asamblea, una vez entregados por la Comisión de Redacción.