Yara Jiménez retrasa comisión para investigar a Villalobos por violencia política

La presidenta del Congreso Yara Jiménez no ha colocado en agenda del plenario la moción para conformar una comisión que investigue al diputado José Miguel Villalobos por violencia política, incumpliendo lo que establece el reglamento contra el hostigamiento y violencia de la Asamblea Legislativa.

El artículo 16 del Reglamento establece que la moción para crear la comisión especial debe incluirse en el primer lugar de la agenda de Plenario dos días hábiles después de que el Directorio conozca la denuncia.

El órgano legislativo conoció la acusación el pasado 19 de agosto, por lo que la moción debía ser colocada en el primer lugar de la agenda a más tardar el 24 de agosto, pero esto no pasó.

El directorio legislativo los diputados de gobierno Yara Jiménez (presidenta), Esmeralda Britton (vicepresidencia), Gerald Bogantes (primera secretaría), Reynaldo Arias (secunda secretaría), Kattia Mora (primera prosecretaría).

La denuncia contra Villalobos

El pasado 13 de agosto, una diputada del Frente Amplio denunció a Villalobos por violencia política.

Según la denuncia, Villalobos habría incurrido en conductas que irrespetaron, sexualizaron y ofendieron la dignidad de la congresista en el ejercicio de su cargo, además de afectar, según la denunciante, a las mujeres que participan en política.

¿Qué dice la ley?

La denuncia se tramita al amparo de la Ley para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política, así como del Reglamento de la Asamblea Legislativa para proteger a las mujeres de este tipo de violencia.

La normativa dispone que las denuncias contra una diputación deben presentarse ante el Directorio Legislativo, que deberá conformar una comisión investigadora para estudiar los hechos y determinar si corresponde aplicar sanciones políticas, éticas o administrativas, según la conducta denunciada.

El artículo 19 de la ley establece que estos procedimientos tendrán un trámite prioritario y expedito y deberán resolverse en un plazo ordenatorio de tres meses, incluida la resolución final.

Eventual sanción

La ley establece que las personas electas popularmente que incurran en conductas de violencia contra las mujeres en la política pueden recibir sanciones dependiendo de la gravedad de los hechos.

En el caso de los diputados, la sanción prevista es una amonestación ética cuando así lo acuerde el Plenario Legislativo por mayoría.

Por ahora, el trámite para conformar la comisión investigadora especial permanece paralizado.