Vacaciones de gerentes de la CCSS las aprueba y firma la Presidencia Ejecutiva

La siguiente aclaración se publica por solicitud de la señora María de los Ángeles Gutiérrez Brenes:

Se aclara que las vacaciones del día 21 de diciembre de 2023 fueron solicitadas y concedidas por la Presidenta ejecutiva desde el mes de noviembre de 2023. La boleta respectiva es número: VAC-1015062-2023 firmada por la suscrita a las 14:51:37 horas del 15 de noviembre 2023 por doña Marta Esquivel Rodríguez, presidenta ejecutiva a las 10:58:42 del 16 de noviembre de 2023.

De acuerdo con el "Esquema de Delegación para Aprobar Movimientos de Personal, Licencias, Vacaciones y Otros", aprobado por la Junta Directiva en la Sesión 8014 del primero de diciembre del 2005, es decir vigente desde hace 18 años, es la Presidencia Ejecutiva la que aprueba las vacaciones de los Gerentes, Auditor y Subauditor.

La Presidenta Ejecutiva aprueba las vacaciones del Gerente y firma la boleta, y esto resulta lógico por un tema de flexibilidad y dinamismo, y es la presidenta ejecutiva la que lleva a la Junta Directiva la propuesta de sustitución temporal o recargo de funciones en otra gerencia, si así lo tiene a bien, sopesando la cantidad de días de vacaciones del gerente, u otros elementos. Ello de acuerdo con el artículo 15 de la Ley Constitutiva de la Caja que indica básicamente que sólo la Junta puede nombrar a los Gerentes.

Es decir, sólo la Junta Directiva puede decir en cuál Gerente recarga las funciones o si nombra a otro funcionario como gerente interino mientras duren las vacaciones. Esta es la razón por la cual la frase "La aprobación de las vacaciones no se realizó en la Junta Directiva" es tendenciosa e incita al error por cuanto existe una norma especial dictada por la Junta Directiva que da esa facultad a la Presidencia Ejecutiva y por lo que no es la Junta la que realiza dicho acto.

La norma que cita el periodista Jason Ureña se refiere a las otras licencias que puede otorgar la Junta Directiva a los gerentes, desconociendo el editor la norma oficial vigente dictada por la propia Junta Directiva desde el año 2005 y anteriormente citada. Por lo anterior, el enfoque del artículo es ignora y obvia la norma correcta aplicable, por lo que las expresiones "Ley establece que Junta debe aprobar vacaciones de sus gerentes", "En octubre funcionaria salió del país sin tener la autorización" "… se fue otra vez de vacaciones sin autorización…" son tendenciosas e incorrectas y causan un daño a la imagen de la suscrita y no se ajustan a la normativa interna vigente.

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