Tras semanas de resistencia, Epsy Campbell dice adiós a la Cancillería

Finalmente, y tras semanas de aferrarse a su puesto, la vicepresidenta de la República Epsy Campbell anunció este martes que abandona el puesto de Canciller, tras una serie de denuncias de CRHoy. Campbell anunció su decisión esta tarde ante el plenario de la Asamblea Legislativa, afirmando que ese es el foro ideal para que los costarricenses se enteren de su salida.
Lea aquí la carta completa de renuncia de Epsy Campbell.
Campbell asumió el recargo del Ministerio de Relaciones Exteriores el 8 de mayo, al inicio de la administración Alvarado Quesada. Su gestión a cargo de la Cancillería ha estado teñida de cuestionamientos y polémica. Recientemente la Procuraduría General de la República confirmó que una serie de nombramientos hechos por Campbell en el servicio interno de la Cancillería son ilegales.
La Procuraduría respondió así a una consulta de la legisladora Karine Niño, tras una denuncia dada a conocer en julio anterior por CRHoy sobre los nombramientos de Adriana Murillo como directora de Política Exterior y de la exvicecanciller, Carolina Fernández, cómo directora alterna de esta dirección, a pesar de ninguna cumple con los requisitos.
Canciller pasó por alto ley y nombró jerarcas sin requisitos
Campbell nombró a Murillo y Fernández (fichas del Partido Acción Ciudadana) a pesar de que el artículo 9 del Estatuto del Servicio Exterior es claro en señalar que las direcciones de este ministerio deben ser ocupadas por funcionarios diplomáticos con el rango de embajador. Murillo tiene el rango de consejero y Fernández el de primera secretaria.
La resolución del ente procurador a la consulta de la diputada sobre estos dos nombramientos es clara y contundente: no son legales.
El documento, del cual tiene copia CRHoy, señala que en el país coexisten diversos Estatutos de Servicio en el empleo público que regulan de forma especial las relaciones jurídico administrativas de servicio de determinados colectivos concretos de funcionarios públicos.
En ese sentido, señaló que el Estatuto de Servicio Exterior de la República, Ley No. 3530, se constituye en un régimen especial, diferenciado, y por demás prevalente, respecto de la carrera administrativa ordinaria, es decir del Servicio Civil.
Señala que el Estatuto del Servicio Exterior regula el régimen jurídico estatutario del Servicio Exterior del país y la carrera diplomática.
Lo anterior quiere decir que para eso se creó una ley especial que rigiera un régimen especial, como lo es la Carrera Diplomática y para eso se creo el Estatuto del Servicio Exterior.
También el documento aclara cuales son los puestos de confianza dentro de la Cancillería, basándose en la Constitución Política, el Estatuto y diferentes pronunciamientos de la Sala Constitucional y de la misma Procuraduría.
Estos cargos en los que Campbell nombró a Murillo y Fernández no están en este listado de puestos de confianza, que fue uno de los aspectos con los que Campbell defendió su designación.
Encabezando esa lista, la Procuraduría enumera que son "el Ministro, Misiones diplomáticas, los embajadores, enviados Extraordinarios y Ministros Plenipotenciarios, los Funcionarios en Comisión, Los funcionarios del servicios técnicos y auxiliar, los asesores en cantidad no mayor a seis (6) para asuntos de política exterior, económicos, sociales y jurídicos; quienes colaborarán con el Ministro y los Directores, las Misiones especiales que serán también nombradas por el Poder Ejecutivo y los dos Viceministros, uno encargado de la política exterior y relaciones internacionales, y otro Administrativo; ambos superiores jerárquicos en su materia respectiva", dice la resolución.
Y para reforzar que los nombramientos realizados por Campbell en los puestos de Directores son ilegales, la Procuraduría recalcó que "el artículo 4, inciso g del Estatuto de Servicio Civil -introducido por Ley No.7767 de 24 de abril de 1998-, solo aplica con respecto a los cargos del más alto nivel de dirección, como podría ser un Director General."
En su momento, Campbell defendió que otras administraciones también habían hecho el mismo tipo de nombramientos y que ella había actuado de buena fe. Pese a eso, la Procuraduría indicó que "bajo ninguna circunstancia una práctica anómala o costumbre administrativa contra legem puede perpetuarse y convertirse en fuente de derecho, y mucho menos generar derechos adquiridos; máxime cuando existe jurisprudencia administrativa acerca de los temas concernidos, que se constituye como fuente normativa del ordenamiento (arts. 2 de nuestra Ley Orgánica y 7 de la LGAP), y como tal, es de acatamiento obligatorio y debe ser respetada por toda la Administración Pública, so pena de incurrir en eventuales responsabilidades personales los funcionarios omisos."
La vicepresidenta y canciller Epsy Campbell además ha mantenido en cargos de directores y directores alternos, sin cumplir con el requisito de ser embajadores, a funcionarios nombrados en el pasado gobierno de manera irregular.
Ellos son la directora y director alterno de Protocolo, Gina Guillén y Cyrus Alpízar. También mantiene en su cargos a Lina Ajoy, directora de Servicio Exterior y a Sergio Vinocour, actual director adjunto de esa dependencia. Además, el pasado 15 de noviembre Campbell nombró a la funcionaria Adriana Solano como directora de Cooperación Internacional, quien solo tiene el rango de ministro consejero.